La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) emitió la nota informativa BCP, 05/2026 para comunicar a los responsables de la puesta en el mercado de productos biocidas de su competencia que les resulta aplicable la restricción de determinadas micropartículas de polímeros sintéticos, conocidas como microplásticos, añadidas intencionadamente. La decisión responde al acuerdo alcanzado en junio de 2026 por las autoridades competentes de los Estados miembros encargadas de aplicar el Reglamento (UE) 528/2012 sobre biocidas (BPR).
El Reglamento (UE) 2023/2055 modifica el Anexo XVII del Reglamento (CE) nº 1907/2006 (REACH) e introduce restricciones a la comercialización de productos con sustancias sintéticas añadidas para funciones específicas como mejorar la estabilidad, controlar la liberación o conferir propiedades técnicas. El objetivo de la normativa comunitaria consiste en reducir la liberación de estas partículas al medio ambiente dada su elevada persistencia y acumulación. La norma especifica las tipologías sujetas a restricción y excluye a los polímeros solubles en agua o los naturales no modificados químicamente.
Según el criterio pactado por los Estados miembros, la limitación afecta tanto a los biocidas autorizados conforme al reglamento europeo como a los comercializados bajo el régimen transitorio del artículo 89. Por esta razón, el marco normativo vincula directamente a los productos biocidas competencia del organismo regulador español.
Con carácter general, los biocidas que contengan microplásticos añadidos y no puedan acogerse a las exenciones previstas dejarán de comercializarse a partir del 17 de octubre de 2031. Esta fecha marca el límite legal para la retirada o adaptación de las formulaciones que no cumplan los criterios exigidos en la regulación comunitaria.
Ante este escenario, la Aemps recomendó a la industria evaluar si las formulaciones ya comercializadas incluyen microplásticos afectados por la prohibición. Asimismo, aconsejó considerar esta limitación en las solicitudes de autorización o revalidación, planificar con antelación la reformulación de los productos y presentar las modificaciones de autorización pertinentes.



Lilisbeth Perestelo: