La Junta de Galicia ha iniciado el procedimiento de Audiencia Pública para dos decretos que, por un lado permitirán la apertura de 41 nuevas farmacias y, por otro, regularán los horarios y servicios de urgencia de las oficinas de farmacia de la región. Los interesados que lo deseen podrán remitir hasta el próximo 14 de junio las sugerencias que consideren oportunas en cumplimiento de la Ley de Transparencia.
En cuanto al primero de ellos, habilita para la apertura de 41 oficinas de farmacia en núcleos de población que hasta ahora no disponían de ella o en aquéllos en los que ha habido un crecimiento de la población existente. En concreto, 24 nuevas farmacias se instalarán en parroquias en las que no existe el servicio y 17 en municipios en los que la población ha crecido.
Estas nuevas farmacias supone que el número total de establecimientos que habrá en la región alcanzará 1.386, lo que supone un incremento del 3% con respecto al número actual.
A este respecto, la presidenta del COF de Pontevedra, Alba Soutelo, ve necesario valorar la necesidad de apertura de nuevas farmacias ya que, aunque en estos años ha habido aumento de población en algunos municipios, en otros se ha producido descenso. En este sentido, considera que los farmacéuticos titulares de farmacias que son económicamente inviables "deben tener la posibilidad de optar a una farmacia en otra localización".
Guardias y horarios
En lo que se refiere al segundo de los decretos, cabe destacar que establece un horario mínimo de apertura de 38,5 horas frente a las 39 existentes en el decreto vigente. Este horario mínimo será obligatorio para todas las farmacias y varía según la época del año: del 1 de octubre a 31 de mayo, de lunes a viernes, de 9:30 a 13:30
horas y de 16:30 a 19:30 horas, y los sábados de 10:00 a 13:30 horas; mientras que del 1 de junio a 30 de septiembre: de lunes a viernes, el horario será de 9:30 a 13:30 horas y de 17:00 a 20:00 horas, y los sábados de 10:00 a 13:30 horas.
La no apertura de los sábados podrá ser autorizada por los colegios de farmacéuticos si se cumplen una serie de requisitos como que se hayan cubierto las 38,5 horas, que la asistencia esté garantizada y que al menos el 50% de las farmacias de la zona farmacéutica permanezcan abiertas. Al igual que sucediera en la regulación vigente, las farmacias de horario ampliado deberían mantenerlo durante al menos un año, del 1 de enero al 31 de diciembre, debiendo comunicar cualquier cambio antes del 31 de octubre.
Otra de las novedades incorporadas es la tasación del número de farmacéuticos adjuntos que deben contratarse, como mínimo, en función de la extensión del horario ampliado.
El nuevo decreto también entra a determinar el número de farmacias que deben estar en servicio de urgencia y lo establece en función de la población existente y señala tres posibilidades (diurna, nocturna y domingos y festivos) y un número de farmacias abiertas en función de las mismas.
Soutelo considera que este decreto es "básicamente muy parecido" al actual. No obstante, hay algunos criterios que pueden variar la situación como la resolución que se dicte por parte de la Consejería de Sanidad en relación a la distancia o tiempo de desplazamiento hasta la farmacia en servicio de urgencias. En función de esa resolución, la presidenta del COF explica que "podrían tener que prestar servicios de urgencia farmacias que actualmente no los prestan o dejar de prestarlos farmacias que actualmente sí realizan guardias".