Fuentes de la Dirección General de Empleo han confirmado a Diariofarma que el XXV Convenio de Farmacia, firmado por la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE), la Federación Nacional de Oficinas de Farmacia (Fenofar) y la Federación de Sanidad de UGT, ha sido remitido a la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional al no cumplir con los requisitos de legitimación previstos en la ley.
Esta actuación, explican, es consecuencia de una solicitud de impugnación presentada por la Federación de Sanidad de CCOO, poco después del registro del XXV Convenio en la Dirección General de Empleo, el cual se produjo el pasado 19 de enero de 2017. Tras esa inscripción, tuvo lugar, como es de costumbre cada vez que se solicita la aprobación de un nuevo convenio, la verificación de que la firma del mismo se había producido dentro de los parámetros de la legalidad.
En este caso, la revisión de oficio vino acompañada por esa solicitud de impugnación de CCOO, a la que se adhirió Fetrafa, y que dio lugar una actuación de la Dirección General de Empleo, que solicitó a UGT la acreditación de que había cumplido con los requisitos de legitimación, que exigen tener la mitad de la representación más un delegado. "Al no acreditar UGT esa mayoría se ha producido una comunicación de oficio a la Sala de la Audiencia Nacional, que tendrá que resolver sobre si se han cumplido, o no, esos criterios de legitimación, cumplimiento que es esencial para la promulgación de cualquier convenio, más si cabe en un sector como el de la farmacia, con muchos centros de trabajo, muy dispersos, y con escasa representación sindical".
Según las fuentes consultadas, el plazo de respuesta de la Audiencia Nacional en estos casos no suele exceder los dos meses, tiempo en el que se sabrá si, finalmente, recibe la aprobación definitiva de las autoridades. Las opciones, según explica Luis Álvarez, responsable de Negociación Colectiva de la Federación de Sanidad de CCOO, pasan "porque se le dé al XXV Convenio una aplicación limitada, es decir, que sólo aplique a los centros de trabajo donde la representación esté en manos de UGT, que son minoritarios; o bien porque nos volvamos a sentar todos a negociar un nuevo convenio, opción que para nosotros es la más sensata".
Una posibilidad anunciada
Sobre esta posibilidad ya se pronunciaron algunos actores durante el proceso de negociación. Tanto es así que el propio presidente de FEFE, José Luis Rodríguez Dacal, afirmaba, el mismo día de la firma del XXV Convenio, que el documento venía a traer al sector la paz social, "salvo que algún sindicato nos lleve a juicio y en él se determine otra cosa". Gracia Álvarez, secretaria de Sanidad de UGT, mostró también algunas dudas sobre la aceptación del proceso por parte de CCOO, UTF y Fetrafa, abriéndose a la posibilidad de fuera impugnado.
Sobre su adecuación al criterio de legitimación, este periódico ya había señalado, tras consultar con expertos juristas, que era un extremo que seguía planteando dudas. Y es que, pese a que el juez de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional reconoció la legalidad de la constitución de la mesa, quedando "acreditado que CCOO y UTF se negaron a acudir el 4-07-2016", abría la puerta a que se emprendiera la reclamación por esa otra vía, cuando excluía de su dictamen "las acciones que pudieran interponer si consideran que UGT no reunía las legitimaciones exigidas legalmente para la negociación de un convenio estatutario sectorial", argumento que no fue incorporado en la primera demanda.
Buenos días. Soy Francisco Rosa, periodista responsable de esta información. No tengo formación específica en Derecho Laboral, pero interpreto que hay que continuar aplicando lo que indica la ultraactividad del convenio XXIV, esto es una, una subida salarial anual del 2% hasta que se firme un nuevo convenio y se establezcan las nuevas condiciones. Por eso, creo que, efectivamente, habría que aplicar una nueva subida del 2% ya en la nómina de enero. Pero ésta es mi interpretación. Igual le conviene hablarlo con su asesor.
Buenas!! Cuándo corresponderia s
La subida salarial del 2019, y desde cuando se haria efectiva, desde la nomina de enero del 2019?
Gracias.
ESTÁ VIGENTE EL XXIV CONVENIO?
ESTE ÚLTIMO PROPONE UNA SUBIDA SALARIAL DEL 2% ANUAL?
DEBIERAN HABERME SUBIDO LA NÓMINA EN 2018?
Buenas. los expertos que hemos consultado coinciden en que está vigente el XXIV Convenio y que, efectivamente, se debería aplicar una subida del 2% fruto de la ultraactividad, ya que el XXV Convenio, que incluía una subida del 1,5% para 2018, está pendiente de un recurso de casación que se presentó ante el Tribunal Supremo. No obstante, nosotros no somos profesionales especializados en Derecho Laboral, por lo que quizás podría buscar la opinión de un experto.
Maria ramos tu jefa.lo k es una cara dura sin verguenza
Tienes mucha suerte de no haber trabajado nunca un sábado santo, no nos corresponde trabajar pero yo en los años que llevo en el sector te aseguro que todos los sábados santos me los he comido trabajando y sin ver un duro. Tu jefa de antes sería buena gente, pero eso es los menos, aquí parece que lo malo abunda y la racaneria más.
Buenas tardes. Quisiera saber ya que estoy bastante perdida, si el Sábado Santo nos corresponde libre. Yo no lo había trabajado nunca hasta que he cambiado de dueña. En cuanto a la paga de Marzo, existe o también nos la han quitado de un plumazo? Muchas gracias.