La Federación Empresarial de Farmacéuticos de Cataluña (Fefac) ha hecho pública una notificación de la Dirección General de Ordenación y Regulación Sanitaria del Departamento de Salud de Cataluña, dando respuesta a varias consultas de parte de instituciones y colegios profesionales farmacéuticos, en la que aclara que las farmacias que se adhieran a la plataforma de venta on line de medicamentos de Luda podrían estar incumpliendo la normativa sobre venta de medicamentos sin receta y estar incurriendo en infracciones graves.
Según indica la autoridad catalana, uno de los servicios que ofrece Luda consiste en permitir la reserva de un medicamento no sujeto a prescripción en una farmacia comunitaria para solicitar, posteriormente, la entrega en el domicilio y esta actividad, que conlleva la venta de medicamentos a distancia, supondría el incumplimiento de varios de los artículos del Real Decreto 870/2013.
En primer lugar citan el artículo 3.1, que indica que solo se podrán utilizar para la venta de estos medicamentos a través de internet sitios web, para los que se haya solicitado y recibido la correspondiente autorización, que pertenezcan a farmacias abiertas al público, cuestión que no se cumpliría en el caso de Luda.
Seguidamente, hacen referencia al artículo 3.2, que establece que en el proceso de compra-venta debe intervenir un farmacéutico, desde su propia farmacia, para poder ofrecer el asesoramiento personalizado al paciente, como indican los artículos 19.4 y 84.1 de la Ley 29/2006 de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y los Productos Sanitarios.
Por último, aluden al artículo 3.3, que indica claramente que las ventas a distancia deberán hacerse únicamente y directamente desde la oficina de farmacia responsable de la dispensación, sin intervención de ningún intermediario.