Terapéutica

El TACRC suspende cautelarmente la tramitación del Acuerdo Marco para la compra de biosimilares del Ingesa

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) ha suspendido de forma cautelar la tramitación del acuerdo marco de biosimilares impulsado por el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa).

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) ha suspendido de forma cautelar la tramitación del acuerdo marco para la adquisición de medicamentos biológicos con biosimilar impulsado por el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa). De este modo, el TACRC accede a la petición realizada en los numerosos recursos presentados contra los pliegos publicados por el organismo de contratación.

La suspensión ha sido confirmada a Diariofarma por diferentes fuentes del sector, aunque no se dispone de muchos más detalles. No obstante, las fuentes consultadas insisten en que la paralización decretada no presupone ninguna decisión definitiva ya que la suspensión se produce casi de forma automática para dar tiempo al análisis de los recursos presentados sin que los plazos puedan seguir transcurriendo.

Este acuerdo marco, cuyos pliegos se publicaron el pasado 27 de diciembre, en plena Navidad, es el segundo intento que realiza el Ingesa para una compra centralizada de medicamentos biológicos con biosimilar. El acuerdo marco, según pudo confirmar Diariofarma de mano de especialistas en contratación, incluye diversas cláusulas que según estas fuentes no se ajustan a la normativa y que, por tanto, han sido objeto de diversos recursos por parte de patronales, así como compañías individuales.

Aclaraciones a Biosim

Más allá de este recurso, el Ingesa ha publicado en el Portal de Contratación un documento en el que da respuesta a una serie de cuestiones planteadas por la Asociación Española de Biosimilares (Biosim) para la correcta interpretación de los pliegos.

Biosim había planteado al Ingesa una serie de preguntas para aclarar algunos aspectos de los pliegos que no quedaban suficientemente descritos en los pliegos. El Ingesa responde a diversas cuestiones de interpretación de los pliegos.

Por ejemplo, uno de los aspectos para los que Biosim pedía aclaración se refería a los criterios de adjudicación de índole clínica en los contratos basados. Sobre esta cuestión, el órgano de contratación deriva su definición y responsabilidad a las comunidades participantes sin que considere necesario explicitar cuáles serían en los pliegos.

Con respecto a la participación de comunidades autónomas que tienen en vigor actualmente sus propios acuerdos marco, Ingesa señala que la incorporación de estas comunidades se producirá una vez que finalicen los contratos previos, salvo que estas decidan adoptar otra solución. Por otro lado, en cuanto a la posible incorporación de comunidades no participantes, Ingesa asegura que es un procedimiento habitual en la ejecución de los acuerdos marco y que se inicia tras la solicitud de la comunidad autónoma interesada.

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