Terapéutica

Madrid tramita el decreto que regulará por primera vez la AF a domicilio a dependientes

La regulación abarca la entrega de medicamentos y la implantación de sistemas personalizados de dosificación.
Fátima Matute, consejera de Sanidad de Madrid.

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha autorizado la solicitud del dictamen de la Comisión Jurídica Asesora autonómica, paso necesario para continuar con la tramitación y aprobación del proyecto de Decreto que regulará la atención farmacéutica a domicilio. Esta iniciativa del Ejecutivo regional desarrolla parcialmente la Ley de Farmacia de la Comunidad de Madrid con el objetivo de estructurar este servicio por primera vez en España y mejorar la prestación prestada a los usuarios de la región.

Uno de los ejes principales de esta normativa es facilitar que las personas en situación de dependencia o con problemas de movilidad reducida puedan recibir en sus propios hogares los medicamentos y productos sanitarios que dispensan las oficinas de farmacia, así como aquellos procedentes de los servicios farmacéuticos hospitalarios. La regulación busca estructurar un marco normativo que hasta la fecha carecía de un decreto específico de desarrollo.

El texto del proyecto de Decreto fija los requisitos técnicos e institucionales para que la prestación en el domicilio se realice con las mismas garantías de seguridad y calidad que la atención presencial. A su vez, la norma establece que estas actividades deben desempeñarse siempre por profesionales cualificados, regulando de forma paralela la ampliación de horarios y la dotación de personal necesario para ofrecer la cobertura asistencial.

Asimismo, la nueva normativa autonómica establece las condiciones de trabajo para que los establecimientos farmacéuticos puedan preparar sistemas personalizados de dosificación de medicamentos. Esta medida se enfocó de manera prioritaria hacia los pacientes crónicos, polimedicados y personas en situación de dependencia, con el propósito directo de facilitar el seguimiento de las pautas terapéuticas al organizar las dosis y simplificar la correcta administración de los tratamientos.

Ordenación de horarios y traspasos

Por otro lado, la futura norma aborda la ordenación del funcionamiento ordinario y extraordinario de estos establecimientos. En este sentido, regula los horarios de apertura y el personal necesario para garantizar la atención farmacéutica durante las guardias y los periodos vacacionales. El objetivo fijado por la administración autonómica es mantener el servicio a los ciudadanos los 365 días del año sin alterar los niveles de calidad y seguridad sanitaria requeridos.

Finalmente, el proyecto normativo contempla medidas administrativas destinadas a la simplificación de los trámites vinculados a la transmisión de las oficinas de farmacia. Con esta modificación, el Gobierno regional pretende agilizar los procesos burocráticos y las gestiones pertinentes en las operaciones de traspaso o cambio de titularidad de estos establecimientos sanitarios dentro del ámbito territorial madrileño.

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