NOTICIAS DE Precio de Referencia Ponderado – PÁGINA
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Implica la revisión de los precios de 17.655 presentaciones de medicamentos, de los cuales 13.933 están dispensables en farmacia y 3.722, en hospital.
7,42 millones de euros repercutirán directamente en el ciudadano dado que, al bajar el precio de los medicamentos, aportará menos en su dispensación, conforme a su régimen de aportación farmacéutica.
Al menos 921 presentaciones de medicamentos dispensados en oficina de farmacia verán reducidos sus precios en julio o agosto, cuando se apruebe la Orden de Precios de Referencia, según un análisis de Diariofarma.
La Asociación Española de Farmacéuticos de la Industria (AEFI), ha organizado un curso sobre el sistema de precios de referencia en el que se han visto tanto la normativa como casos prácticos de cálculos de precios.
La Orden de Precios de Referencia (OPR), que ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado este 2 de agosto, bajará el precio a un total de 1.062 presentaciones de Oficina de Farmacia a partir del próximo 1 de octubre.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Orden de Precios de Referencia (OPR) que determina los precios de los medicamentos que bajarán, en farmacia, a partir del 1 de octubre para ahorrar 126 millones de euros. Con respecto al borrador presentado en abril, 63 presentaciones suben su precio y no se formarán tres conjuntos. Otro asunto relevante es la existencia, probablemente por error, de dos precios de referencia para medicamentos con pregabalina al aplicarse a algunos sí y otros no el precio ponderado.
Dos productos se llevan la mayor parte del impacto que la Orden de Precios de Referencia tendrá sobre el sector: Los medicamentos que contengan la combinación de salmeterol-fluticasona y los que incluyan insulina glargina.
El Tribunal Supremo (TS) ha anulado, a instancias de Farmaindustria, la disposición adicional segunda del Real Decreto 177/2014 de Precios de Referencia, según la cual se igualaban los precios de referencia ponderados en nuestro país a los existentes en otros Estados de la Unión Europea en caso de que estos fueran inferiores a los establecidos en España.
El Ministerio de Sanidad deberá justificar de forma expresa “la metodología seguida en el procedimiento de elaboración” de las órdenes de precios de referencia y, “particularmente, los criterios de aplicación de los supuestos contemplados en el artículo 4.4” del Real Decreto 177/2014 de Precios de Referencia.

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