El pasado día 31 de marzo, entró en vigor en Cataluña la obligatoriedad por parte de las empresas de cobrar las bolsas de plástico con asas, regulada mediante la Ley 5/2017, de 28 de marzo, con el objetivo de reducir su impacto sobre el medio ambiente.
Esta medida parte del Pacto por la Bolsa, firmado en 2009 entre la Generalitat y las organizaciones de la distribución y fabricación con presencia en Cataluña, con el fin de reducir el uso de este producto. En el marco de este acuerdo, la Agencia de Residuos de Cataluña y el sector comercial pactaron en 2015 que, de forma voluntaria, se cobrarían las bolsas de plástico, y se realizó una campaña para lograr una disminución de las mismas.
Con este mismo objetivo, el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente trabaja en un proyecto de real decreto para la reducción del consumo de bolsas de plástico, según dispone la Directiva de la Unión Europea 2015/720. La Administración apuesta por la imposición de un precio mínimo a este producto. La obligación de cobrar por las bolsas de plástico entraría en vigor en el año 2018.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha realizado un informe donde analiza este proyecto de norma, para concluir que la opción de fijar un precio mínimo no es la más adecuada, “puesto que introduce distorsiones desproporcionadas”. Con el fin de promocionar la competencia y la regulación económica eficiente, propone aplicar un impuesto a las bolsas.
Los motivos son que un tributo permitiría “internalizar más eficientemente el daño producido al medio ambiente”. De esta forma, afirman desde la CNMC, “serían el conjunto de consumidores los que soportarían el recargo del producto nocivo y los contribuyentes los que puedan beneficiarse de los ingresos obtenidos de la imposición”. Aseguran además que esta propuesta se sustenta en experiencias internacionales de éxito, como la de Irlanda.
Más de la mitad de farmacias las cobran a dos céntimos
En Cataluña, la normativa no establece un precio mínimo ni máximo a las bolsas, que deben venderse como un producto más, incorporándolo en el tique y aplicándole el 21% de IVA. Sobre el precio al que las farmacias están cobrándolas, a modo orientativo, se disponen de los resultados de una encuesta realizada por la Federación de Asociaciones de Farmacias de Cataluña, Fefac, cumplimentada por 90 farmacias. El 55,5% de las mismas ha fijado un precio de dos céntimos, el 47%, de cinco céntimos y el 23,3% a un céntimo. Hay farmacias que cobran una u otra cifra dependiendo del tamaño de la bolsa.
En cuanto a las bolsas afectadas por la medida, incluyen cualquiera utilizada para transportar la compra con asas, así como las de entrega a domicilio con o sin asas, que sean de plástico en general, de plástico oxodegradable y biodegradable, aunque se excluyen las compostables, que sí se pueden entregar gratuitamente.
A la pregunta de si las bolsas pueden llevar publicidad, desde la Agencia Catalana de Residuos aclaran que sí está permitido, puesto que es el consumidor quien decide si la compra o no. Las bolsas que laboratorios regalan a las farmacias también deben cobrarse.
En caso de incumplimiento de la norma, a detectar durante las visitas de inspección de la Generalitat, las sanciones pueden implicar una multa de entre 400 y 4.000 euros.