Profesión

Andalucía modifica el procedimiento de sus concursos para oficinas de farmacia

Los concursos reservarán un 50% de las farmacias ofertadas a farmacéuticos que lleven más de 10 años en núcleos de población en Andalucía de menos de 1.000 habitantes.

La Junta de Andalucía ha modificado diversos aspectos de ordenación de las oficinas de farmacia, como es el procedimiento para la adjudicación de oficinas de farmacia, así como los requisitos para la transmisión de establecimientos o el cálculo de la población en base al turismo.

La modificación se ha publicado este viernes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y se incluye en el marco del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.

En concreto, el decreto modifica diversos aspectos de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía, así como del Decreto 36/2018, de 6 de febrero, por el que se regula el procedimiento de adjudicación de nuevas oficinas de farmacia.

Los concursos se desarrollarán, como hasta ahora, a lo largo de tres fases de adjudicación. En la primera de ellas se ofertarán el 50% (en vez del 20% actual) para que puedan optar los farmacéuticos que sean titulares durante los últimos 10 años de una oficina de farmacia abierta al público en municipios, entidad local autónoma (ELA) o entidad de ámbito territorial inferior al municipio (EATIM), así como núcleos poblacionales aislados, todos ellos de menos de mil habitantes, en Andalucía.

Con esta medida, según explican fuentes del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (Cacof) a Diariofarma, se busca “promover el desarrollo profesional, y que los farmacéuticos rurales o los que están en lugares de baja rentabilidad, de modo que puedan desplazarse”.

En la segunda fase podrán participar los farmacéuticos interesados que no sean titulares o cotitulares de oficina de farmacia situada dentro o fuera de la comunidad autónoma de Andalucía a la fecha de publicación de la convocatoria, ni lo hayan sido los últimos cinco años anteriores. Aquí, por ejemplo, tendrían oportunidad de acceder los licenciados más jóvenes que no hayan sido titulares. Para el representante del Cacof, esto es “una variación sustancial”.

Por último, en la tercera fase del concurso, podrán participar los restantes farmacéuticos y farmacéuticas interesados, así como aquellos que no hayan resultado adjudicatarios en las fases anteriores. En esta fase se adjudicarán las oficinas de farmacia que no hubieran sido adjudicadas en las fases anteriores, así como las vacantes que hayan quedado por resultar sus titulares adjudicatarios de otra oficina de farmacia en la fase primera o en la propia fase tercera.

En lo que se refiere al cálculo poblacional, a la aportación que se realiza por los alojamientos turísticos tendrá en cuenta el grado de ocupación, conforme a los datos oficiales del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, en aquellas zonas en las que las plazas de alojamientos turísticos superen el 5% de la cifra de población según el Padrón Municipal vigente. Este cálculo reducirá a la baja las cifras actuales, que no tenían en cuenta la ocupación sino solamente las plazas disponibles.

Otra modificación de interés en la normativa es que, para la primera transmisión de una oficina de farmacia adjudicada por concurso público, deberán haber transcurrido al menos diez años desde su apertura inicial al público, siempre que la causa de la transmisión no será por fallecimiento, incapacidad laboral permanente, total o absoluta, declaración judicial de ausencia, entre otras. Hasta ahora, el plazo mínimo para esa primera transmisión era de cinco años.

Otras modificaciones de la Ley de Farmacia

Estas modificaciones a la Ley de Farmacia se sumarán a las que próximamente se llevarán a efecto a través de procedimiento ordinario de modificación legal en el Parlamento de Andalucía.

En esa modificación, que se espera para los próximos meses, desde el Cacof se explica que incluirá aspectos relacionados con los Sistemas Personalizados de Dosificación (SPD), la Atención Farmacéutica Domiciliaria, los centros sociosanitarios, depósitos y botiquines, además de la eliminación definitiva de las subastas de medicamentos.

De este modo, la eliminación del artículo 60 y siguientes de la Ley de Farmacia, que reguló las subastas, será definitiva en los próximos meses.

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