Terapéutica

Xunta y COF gallegos activan la renovación excepcional de la prescripción no demorable

La medida pretende reducir el número de consultas forzadas o asistencias sin cita a los médicos de familia y en los puntos de atención continuada derivadas de estas circunstancias
Consejo de Gobierno de Galicia.

La Xunta de Galicia ha dado luz verde al programa de colaboración entre la Consejería de Sanidad y los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Galicia para la renovación, con carácter excepcional, de la prescripción de la medicación no demorable, en aquellos casos en los que las personas usuarias soliciten de forma urgente una medicación en la oficina de farmacia comunitaria y no esté disponible para su dispensación.

Esta vía excepcional, que comenzará a funcionar en este mes de febrero, solo acogerá aquellas medicaciones cuya suspensión temporal pueda suponer un alto riesgo para la salud de los pacientes.

Con esta medida, el departamento sanitario gallego da respuesta a las demandas de los pacientes en caso de que necesiten una determinada medicación considerada no demorable y que no esté activa para su dispensación en la oficina de farmacia comunitaria. Con la iniciativa se establece un canal de comunicación directa entre los pacientes, el farmacéutico comunitario y el profesional médico técnico de salud para poder atender estas demandas.

El programa permitirá, también, reducir el número de consultas forzadas o asistencias sin cita a los médicos de familia y en los puntos de atención continuada ocasionadas por los pacientes que se encuentren en estas circunstancias, evitando el incumplimiento terapéutico en los casos en los que la interrupción del tratamiento pueda suponer un problema para la salud.

En virtud de este programa, en aquellos casos en los que una persona acuda a una oficina de farmacia solicitando medicación de modo urgente, en primer lugar el farmacéutico deberá comprobar si el paciente dispone de recetas para dispensar en relación con la medicación crónica solicitada.

Si no están disponibles dichas recetas, y a efectos de comprobar para cuántos días dispone de medicación, el farmacéutico verificará la fecha de la última dispensación y su pauta en la hoja de medicación activa, preguntando al usuario sobre la cantidad y para cuántos días dispone aún de medicación en su domicilio.

Para los efectos de este programa, y con carácter general, tendrá la consideración de urgencia aquella situación en la que la persona usuaria no disponga de medicación para más allá de 72 horas, sin perjuicio de la valoración individualizada de cada supuesto.

Comprobada la urgencia de la medicación solicitada, el farmacéutico verificará que esta forma parte de la lista de medicamentos no demorables incluidos en este procedimiento.

Si no forma parte de esta lista, el farmacéutico informará al usuario de que deberá solicitar cita con su médico de familia para la renovación de su prescripción y sobre la necesidad de pedir cita para la renovación de recetas con la debida antelación para evitar llegar a situaciones de urgencia.

En caso de que se cumplan las premisas de urgencia y la de medicamentos no demorables, el farmacéutico se pondrá en contacto con el Servicio Gallego de Salud a través de un número de teléfono habilitado exclusivamente para este procedimiento, en horario de 9:00 a 21:00 horas, de lunes a viernes.

Fuera de este horario no se podrá hacer uso de esta vía excepcional, por lo que, para resolver la demanda de renovación de su prescripción, el usuario tendrá que recurrir a los canales ordinarios de atención sanitaria.

La llamada será atendida por un profesional médico técnico de salud que deberá verificar, asimismo, que se cumplan las premisas para la renovación de la medicación no demorable. En caso de que el médico técnico de salud compruebe que no se produce la situación de urgencia o la medicación solicitada no forme parte de la lista definida, comunicará al farmacéutico de la oficina de farmacia comunitaria que el paciente debe solicitar cita con su médico de familia para la renovación de la prescripción de la medicación solicitada.

En caso de que sí se cumplan las premisas definidas, el médico técnico de salud asignará en su agenda una cita telefónica para la realización de la renovación de la prescripción del paciente. El farmacéutico comunitario deberá confirmar el teléfono del usuario solicitante y facilitárselo al médico técnico de salud para la asignación de la cita e informará de la misma al paciente, que aparecerá reflejada en la aplicación SERGAS móvil.

Para agilizar el procedimiento y evitar demoras, el médico técnico de salud deberá contactar con el paciente a la mayor brevedad posible, y realizará la renovación de la prescripción en la cantidad mínima suficiente para cubrir la situación de urgencia (habitualmente un envase). A continuación, desarrollará la educación sanitaria necesaria al paciente para evitar llegar a este tipo de situaciones, recordándole que se trata de una vía con carácter excepcional.

Una vez realizado este acto de renovación de la prescripción, el paciente ya puede retirar la medicación en su oficina de farmacia.

La Consejería evaluará de forma continua la implantación de este programa y propondrá las modificaciones pertinentes para su adaptación a las necesidades que se aprecien.

Asimismo, y con el fin de detectar irregularidades o desviaciones no justificadas, de manera periódica se llevará a cabo un seguimiento de los pacientes que hagan uso de esta vía excepcional.

Todas las incidencias y peticiones serán valoradas y puestas en común a través de reuniones periódicas entre la Consellería de Sanidade y los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Galicia.

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