"Si cualquier oficina de Farmacia decidiere congelar salarios, y no aplicar la subida automática prevista en el artículo 3.4 del XXIV Convenio (es decir, del 2%), podría ser sancionada por la Inspección de Trabajo por incumplimiento de Convenio Colectivo". Así de rotundos se muestran los representantes de la Asociación Madrileña de Asesorías de Farmacias (AMAF), ante la situación derivada de la no publicación del XXV Convenio de Farmacia, que sigue a la espera del fallo del Tribunal Supremo, el cual, según ha podido saber Diariofarma, podría tener lugar a lo largo del mes de febrero. La opinión, no obstante, es contraria a la que mostraba la patronal madrileña de farmacias (Adefarma).
"Sobre cuál será el resultado del conflicto, no nos atrevemos a dar una respuesta fiable. Todo es posible y el abanico de posibilidades bastante amplio, pero lo que es claro es que de momento debemos aplicar la norma vigente que es el XXIV Convenio con su incremento salarial previsto para los años siguientes terminada su vigencia del 2% y hasta nuevo Convenio Colectivo que lo sustituya", prosiguen.
Junto a la cuestión salarial, AMAF ha recordado que existen otras no menos importantes, y que también deberán tenerse en cuenta, en relación con las horas de trabajo anuales. Así, mientras no se apruebe el nuevo Convenio, cabe atenerse, dicen, "a las 1.783 horas anuales, y no las 1.790 horas que de momento forman parte del convenio en litigio". Asimismo, recomiendan seguir instruyendo Expedientes Disciplinarios Sancionadores para las faltas de los
trabajadores graves y muy graves, "pues es lo que se dispone hasta ahora y su omisión acarrearía la improcedencia de la sanción impuesta, aunque quedasen demostrados los hechos que se imputan al trabajador sancionado como ciertos y constitutivos de falta grave o muy grave".
Recomendaciones para un nuevo Convenio
Junto a estas recomendaciones a las farmacias en lo que respecta a la situación actual, desde AMAF han opinado también sobre lo que se podría mejorar del XXV Convenio que firmaron FEFE, Fenofar y UGT. Así, aunque califican de positivos algunos logros, como el aumento de horas de trabajo anuales o la supresión de instrucción de expedientes disciplinarios, consideran "deseable" puntualizar algunos aspectos como la contabilización anual de horas de la jornada de trabajo, "cuando el propio Estatuto de los Trabajadores regula la jornada diaria y semanal, y además en muchas Comunidades Autónomas se fijan en las oficinas de Farmacia horarios de apertura mínimos
semanales de 40 horas".
Asimismo, echan en falta "una regulación más acorde con la realidad del trabajo prestado en servicios de urgencia, así como un tratamiento específico para contratación para cubrir turnos de fin de semana y en horarios nocturnos, y una descripción más precisa de las faltas, ya sean leves, graves o muy graves, "pues lo que se regula es
muy genérico". Se quejan, además, de la absurda prohibición de contratar auxiliares a tiempo parcial en jornadas inferiores al 50% de la jornada habitual, y piden "que oficinas de farmacia con serias dificultades financieras puedan descolgarse del convenio, fijando para ello parámetros o indicadores concretos".