Política

El TARC andaluz aprecia “mala fe” en un recurso de Abbvie a un concurso de biosimilares de adalimumab

El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Andalucía acepta la petición del órgano de contratación en la que acusaba a Abbvie de plantear un recurso sin "la más mínima fundamentación fáctica y jurídica" y que solo busca paralizar la actividad de la Administración.

El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales (TARC) de Andalucía ha apreciado la existencia de “mala fe” en la interposición de un recurso que buscaba impugnar los pliegos de un concurso de adalimumab para los centros sanitarios que integran la Plataforma de Logística Sanitaria de Jaén, promovido por el Hospital Universitario de Jaén, adscrito al Servicio Andaluz de Salud.

La petición había sido realizada por el órgano de contratación, que consideraba que el recurso planteado por la farmacéutica “carece de la más mínima fundamentación fáctica y jurídica y solo busca paralizar la actividad de la Administración”. En este sentido, desde la administración se explica que, además, la compañía “es en la actualidad la proveedora habitual del principio activo, pretendiendo con el recurso retrasar la adjudicación del nuevo contrato y satisfacer sus propios intereses en perjuicio del interés público”.

Además, “dicho órgano alega y acredita, adjuntando copia del contrato suscrito a tales efectos”, tal y como explica la resolución del TARC, que Abbvie es adjudicataria de un contrato de suministro por principio activo  para el que se utilizó idéntico pliego al ahora impugnado, y que “conoce sobradamente la doctrina de este Tribunal, pues incluso la cita en su escrito de recurso”.

La resolución del TARC, fechada el pasado 24 de octubre, también tiene en cuenta que Abbvie “es la actual adjudicataria del suministro del principio activo ahora licitado, lo que hace presumible su interés en que se demore la adjudicación del próximo contrato pues, aunque ha licitado en el nuevo procedimiento, lo ha hecho en concurrencia con otros laboratorios proveedores del mismo principio activo, no teniendo garantizada la adjudicación a su favor”.

La multa impuesta a la compañía es de 1.000 euros, la mínima solicitada por el órgano de contratación, en una resolución que finaliza la vía administrativo y contra la que se puede interponer recurso-contencioso en el plazo de dos meses.

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