Profesión

El Gobierno solo aplicará la mejora del índice corrector a las farmacias en poblaciones de hasta 1.500 habitantes

La aprobación en el Consejo de Ministros de la subida del 17,5% del índice corrector de márgenes deja fuera al 20% de las 713 oficinas con viabilidad económica comprometida, instaladas en municipios con mayor población.

El Consejo de Ministros ha aprobado este marte una modificación del vigente Real Decreto por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes tanto a la distribución como a la dispensación de medicamentos de uso humano.

La nueva norma aporta pocas novedades con respecto a la proyecto de RD anunciado en enero y sigue dejando en el aire el destino de prácticamente el 20% de las oficinas con viabilidad económica comprometida.

La modificación, de aplicación a partir del 1 de enero de 2023, tiene por objetivo “garantizar la prestación farmacéutica en el medio rural con riesgo de despoblación, logrando que esta prestación siga siendo accesible a toda la ciudadanía en todo el territorio nacional”, asegura el Gobierno.

Según los datos presentados por el Ejecutivo se espera que se puedan beneficiar de este incremento del 17,5% correspondiente a la aplicación del índice corrector de los márgenes, aquellas oficinas de farmacia que presten servicio a núcleos de población con un máximo de 1.500 habitantes censados, o bien en otros núcleos en los que la autoridad competente delimite y designe como de riesgo para disponer de la adecuada cobertura o acceso a la prestación farmacéutica. En términos cuantitativos supondría una subida desde los 833,33 actuales a 979,16 euros.

Además, las ventas anuales de estas farmacias no deberán superar los 235.000 euros en el ejercicio económico correspondiente al año natural anterior. Asimismo, la oficina de farmacia deberá haber prestado sus servicios durante los 12 meses del año natural anterior.

Otros requisitos para acceder a las ayudas es que las oficinas de farmacia no hayan sido objeto de sanción administrativa en el año anterior, ni estén excluidas de su concertación, y que sus titulares no estén inhabilitados profesionalmente, así como que participen en los programas de atención farmacéutica y en la realización del conjunto de actividades destinadas a la utilización racional de los medicamentos.

En España, actualmente algo más del 3% del total de oficias de farmacia (713) están afectadas por el índice corrector. Del total de las oficinas potencialmente beneficiarias por la aplicación del índice corrector, el 80,22% (574) se encuentran en municipios de menos de 1.500 habitantes.

Sobre los otros 139 establecimientos, que se ubican en localidades con mayor población, no pueden acceder a este incremento con independencia de que mantengas su situación de inviabilidad.

El Consejo General de Farmacéuticos (CGCOF) ya manifestó su postura en favor de que el índice corrector se siga aplicando “a todas las farmacias que actualmente se benefician de ello, sin distinción de su ubicación”. Todo ello, completan, “con el fin de no afectar la atención que se presta a los colectivos vulnerables, evitando que esta dependa de su código postal”.

Según asegura el Gobierno, “este Real Decreto es una medida alineada con los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en concreto de la reforma 5 del componente 18, denominada “Reforma de la regulación de medicamentos y productos sanitarios y mejora del acceso a medicamentos” y está en línea con el Plan ante el Reto Demográfico”.

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