Profesión

Galicia aprueba las ayudas para las farmacias ubicadas en zonas especiales

La ayuda está destinada a compensar los costes operativos de estos establecimientos y a apoyar la contratación de farmacéuticos auxiliares para hacer viables los servicios de guardia o de sustitución

El Consejo de la Xunta de Galicia ha aprobado en su reunión de este lunes el acuerdo que autoriza a la Consejería de Sanidad a conceder los anticipos correspondientes a la orden por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas para este año, destinadas a las oficinas de farmacia ubicadas en zonas farmacéuticas especiales, por un importe total de 99.600 euros.

La ayuda está destinada a compensar los gastos de funcionamiento de las oficinas de farmacia ubicadas en estas zonas especiales. También apoya la contratación de farmacéuticos auxiliares para guardias o sustituciones en periodos vacacionales, realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. Los beneficiarios de la ayuda podrán ser los titulares de farmacias ubicadas en zonas farmacéuticas especiales y cuyo titular esté empadronado en cualquiera de los municipios de la comunidad.

Para facilitar la asunción de los gastos de funcionamiento de las farmacias, se realizará un pago único del 100 % del importe de la subvención como anticipo. El importe total máximo de la subvención por beneficiario para todo el periodo al que se refiere la subvención, incluidos los gastos generales de funcionamiento de las instalaciones y el personal, será de 18.000 euros al año.
La subvención consistirá en una cantidad fija y predeterminada destinada a compensar los gastos generales de funcionamiento de la farmacia: alquiler o similar, vinculados a la disponibilidad del local, limpieza, electricidad, agua, calefacción, seguridad, servicios de telecomunicaciones, adquisición y mantenimiento del software necesario para la prestación farmacéutica, gastos financieros, asesoramiento legal o financiero, IBI del local, cuotas de socios, pólizas de seguros relacionadas con la actividad subvencionada y gastos por servicios de cooperativas de distribución de productos farmacéuticos. La subvención también se destinará a compensar los costes correspondientes a la contratación de personal profesional (farmacéuticos auxiliares o sustitutos) para cubrir periodos vacacionales y/o guardias, así como las cotizaciones por cuenta propia del titular, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.

En caso de que la farmacia cumpla más de un criterio, el importe máximo total de la subvención por beneficiario para todo el periodo al que se refiere la subvención, incluidos los gastos generales de funcionamiento de las instalaciones y el personal, será de 18.000 euros al año.

Para su consideración como zonas farmacéuticas especiales, los colegios oficiales de farmacéuticos de Galicia y la Consellería de Sanidad han acordado una serie de criterios, entre los que se encuentran que la zona tenga una densidad de población igual o inferior a 10 habitantes por km² y que cuente con una única farmacia. Que todos los establecimientos farmacéuticos de la zona se encuentran en una situación de viabilidad económica comprometida o, en el caso de las farmacias rurales, que la rotación de turnos de guardia no es posible.

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