NOTICIAS DE Ciclopirox – PÁGINA
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Establecer en los conjuntos de precios de referencia diferentes dosis diarias definidas (DDD) permite no penalizar la innovación que posibilita conseguir el mismo efecto con menor dosis. La nueva OPR debería reconocer esta situación a medicamentos como Envarsus, de Chiesi, o Seffalair Spiromax, comercializado por Teva.
El Ministerio de Sanidad ha reducido, tras las alegaciones del sector, el impacto de la Orden de Precios de Referencia en 116 medicamentos al modificar la forma de cálculo de los mismos y aplicar, en muchos casos el cálculo del precio como media ponderada.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la Orden de Precios de Referencia que bajará el precio a más de 900 medicamentos de farmacia a partir del próximo 1 de noviembre.
El mercado farmacéutico pasará de crecer al 2% a contraerse un 1% por la aplicación de la Orden de Precios de Referencia, según una estimación de IQVIA.
El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha adjudicado un total de 58 lotes de los 353 que convocó en las novenas subastas de medicamentos de Andalucía, lo que supone un 16% del total.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este lunes una corrección de errores que afecta a 22 presentaciones en las que se había convertido mal el PVL al PVP de referencia.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Orden de Precios de Referencia (OPR) que determina los precios de los medicamentos que bajarán, en farmacia, a partir del 1 de octubre para ahorrar 126 millones de euros. Con respecto al borrador presentado en abril, 63 presentaciones suben su precio y no se formarán tres conjuntos. Otro asunto relevante es la existencia, probablemente por error, de dos precios de referencia para medicamentos con pregabalina al aplicarse a algunos sí y otros no el precio ponderado.
Los conjuntos de Precios de Referencia pueden estar formados por medicamentos constituidos por sales o ésteres diferentes de las del medicamento original, así como por productos que tengan como vía de administración cualquiera de las consideradas como parenterales, es decir, intramuscular, la subcutánea, intravenosa, entre otras. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo en una sentencia en la que rechaza un recurso contencioso-administrativo presentado por Farmaindustria en el que cuestionaba la formación de conjuntos afectados por estas dos situaciones.

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