Dos años después de iniciar su tramitación, el Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha adjudicado el concurso de Alternativas Terapéuticas Equivalentes (ATEs) que inició el 2 de agosto de 2013. No ha sido un camino fácil pero al final, aunque no ha sido capaz de adjudicar ni la mitad de los lotes que convocó, el SAS ha logrado su objetivo. A lo largo de estos dos años, el procedimiento ha sufrido la anulación del mismo por parte del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales (TARC) y se tuvieron que redactar nuevos pliegos de condiciones aunque el fondo seguía intacto.
Finalmente, el SAS ha adjudicado un total de nueve de los 22 lotes que convocó y a los que un total de ocho compañías (GES genéricos españoles, Normon, Novo Nordisk, Allergan, GP-Pharm, Sandoz, Hospira y Merz Pharma) participaron y presentaron sus ofertas al SAS (ver la tabla en pdf). Los adjudicatarios, sin embargo han sido muchos menos y, entre ellos destaca Sandoz, que ha resultado adjudicatario de cinco lotes con sus factores estimulantes de la eritropoyesis y sus somatropinas. Tras la filial de genéricos del grupo Novartis, Normon se ha alzado con dos adjudicaciones, con sus inhibidores de la bomba de protones y los derivados del ácido folínico. GP-Pharm, por su parte, se ha adjudicado el lote de análogos de LHRH para administración mensual y Merz Pharma se ha quedado con el lote 21 de toxina botulínica tipo a.
Por su parte, cabe destacar que otros trece lotes no han tenido ninguna oferta y, por tanto, han quedado desiertos, según se recoge en la resolución del pasado 23 de julio firmada por el director general de Gestión Económica y Servicios del SAS, Horacio Pijuan. Dicha resolución que adjudica el Acuerdo marco de homologación para la selección de principios activos para determinadas indicaciones, subcategoría SU.PC.FARM del Catálogo de Bienes y Servicios del Servicio Andaluz de Salud, establece que los interesados disponen de quince días hábiles para la interposición de recurso especial en materia de contratación ante el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales andaluz.
Además, destaca en el apartado tercero de la resolución que “los Centros del Servicio Andaluz de Salud sólo podrán adquirir los medicamentos seleccionados para cada uno de los lotes, sin perjuicio de que el criterio facultativo determine otro tipo de prescripción específica en base a otras patologías presentes o comorbilidades asociadas en pacientes concretos, según la cláusula 2.1.1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares”. Es decir, que solo las coexistencia de otras patologías permitiría a los médicos optar por un tratamiento diferente al que ha resultado adjudicado en los lotes, no pudiendo probar otro tratamiento en caso de fracaso terapéutico, intolerancia o cualquier otro problema asociados al fármaco.
Por último, la resolución establece que las ofertas presentadas y adjudicadas se deben ver incrementadas por las deducciones legales establecidas por los descuentos del 4%; 7,5% y 15% regulados por el Real Decreto-ley 8/2010. Del mismo modo, se establece que en caso de que tuviera lugar una reducción de precios de los medicamentos por los precios de referencia, el nuevo precio pasaría a ser el más bajo.