Una de las principales novedades que el proyecto de Decreto por el que se regula el procedimiento de adjudicación de nuevas oficinas de farmacia en Andalucía es que establece que los concursos se realizarán al menos una vez cada cinco años. Así se recoge en el borrador que la Consejería de Salud de la región ha iniciado el procedimiento de tramitación del decreto con una fase de consulta previa en la que se pueden realizar alegaciones.
En concreto, el texto del borrador recoge que “las convocatorias de concurso público para la adjudicación de nuevas oficinas de farmacia se realizarán al menos una vez cada cinco años, ofertando las que se determinen, conforme a las necesidades de asistencia farmacéutica detectadas”. Además, en caso de que se alarguen los plazos, se contempla la posibilidad de que puedan “coincidir en el tiempo la tramitación de más de una convocatoria por concurso público para la adjudicación de nuevas oficinas de farmacia”.
Otra de las novedades se refiere a la determinación de los méritos procedentes de cursos de formación. Tal y como ha explicado a Diariofarma el socio-director de TSL Consultores, Nicolás Toro, antes se exigía que estuvieran organizados por la Administración Sanitaria, la Universidad y, además, reconocidos como de interés docente sanitario o científico sanitario por la autoridad sanitaria competente, con anterioridad a la fecha de implantación del Sistema de Acreditación de la Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias por las Administraciones Sanitarias. No obstante, ahora se distingue entre cursos antes y después de la implantación del Sistema de Acreditación de la Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias, pero ya no se habla de que estén organizados por la Administración Sanitaria o la Universidad.
Del mismo modo, ahora también se tienen en cuenta para la baremación los capítulos de libros de carácter científico editados por editoriales de prestigio e instituciones del ámbito de ciencias de la salud y no solos los libros completos.
En lo que se refiere a las diferentes fases del concurso, cabe señalar que, hasta el 20% de las plazas en concursos de más de cinco farmacias, se reservarán a farmacéuticos que, a la fecha de publicación de la convocatoria, sean titulares de oficina de farmacia abierta al público en municipios, Entidad local autónoma (ELA) o entidad de ámbito territorial inferior al municipio (EATIM), o núcleos poblacionales aislados, de menos de mil habitantes, de la comunidad autónoma de Andalucía, durante los 10 años anteriores a la convocatoria.
Cuestiones pendientes
Una vez analizado el Decreto, Toro explica que quedan algunos flecos que serían necesario solucionar. Uno de los más relevantes se refiere a la tercera fase del procedimiento de adjudicación, el que se refiere a las farmacias pertenecientes a farmacéuticos que han logrado otra adjudicación en la primera fase.
Según el representante de TSL Consultores, “debería preverse la apertura de un botiquín farmacéutico, con carácter temporal, en el municipio cuya farmacia ha quedado vacante por resultar su titular adjudicatario de una farmacia en fase primera, hasta en tanto en cuanto no se adjudique la farmacia de fase tercera”.
Esta previsión permitiría al adjudicatario de fase primera poder tramitar la instalación de la farmacia nueva sin estar vinculado a la adjudicación de la farmacia de fase tercera.
A este respecto, Toro también reclama que se establezca un procedimiento único para el establecimiento de un botiquín ya que actualmente “es distinto en cada delegación territorial”, es decir, en cada provincia. Por ello, reclama que se aproveche este decreto o el que regula los procedimientos de instalación, funcionamiento, traslado, modificación de local y cierre de oficinas de farmacia para desarrollar el artículo 48 de la Ley de Farmacia de Andalucía.