Profesión

Patronales y sindicatos acuerdan el convenio de farmacias de Girona, Lleida y Tarragona

El acuerdo establece un incremento salarial acumulado del 13 % hasta 2028 y reduce la jornada anual a 1.752 horas.

Las organizaciones empresariales Associació Gironina Farmacèutica Empresarial (AGFE), Associació de Farmacèutics amb Oficina de Farmàcia de Tarragona (AFET) y Associació de Farmacèutics Empresaris de Lleida (AFELL), integradas en la Federación de Asociaciones de Farmacias de Cataluña (FEFAC), suscribieron con la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de Unión General de Trabajadoras y Trabajadores (FeSMC-UGT) y la Unió de Treballadors de Farmàcia de Tarragona (UTFT) el VI Convenio colectivo interprovincial de trabajo para las oficinas de farmacia de Girona, Lleida y Tarragona. El texto pactado extiende su vigencia a los ejercicios de 2026, 2027 y 2028.

Las entidades patronales expresaron una valoración positiva del acuerdo al considerarlo un avance compartido que aporta seguridad jurídica y organizativa a las empresas y a sus plantillas. Según señalaron las organizaciones firmantes, el documento permite mejorar las condiciones de trabajo y contribuye a la estabilidad y la consolidación del empleo en el sector sanitario de las tres provincias. La negociación permitió articular mejoras de carácter laboral junto con compromisos y ajustes de índole organizativa orientados a viabilizar su aplicación práctica, asegurando la continuidad y la calidad en la prestación de la asistencia farmacéutica a la población.

El texto suscrito modifica la estructura de la retribución fija al integrar en el salario base una cuantía equivalente al uno por ciento del salario base de 2025 en sustitución del incentivo variable. Esta cuantía integrada deja de depender de las condiciones individuales de devengo que regían en el incentivo anterior. Sobre este ajuste previo, el texto aplica un incremento salarial del cinco por ciento para el ejercicio 2026. Para los años posteriores, las partes pactaron aumentos retributivos del cuatro por ciento en 2027 y de otro cuatro por ciento en 2028, junto a las revisiones vinculadas al índice de precios de consumo (IPC) en los términos fijados en la negociación.

En lo relativo a la ordenación de los complementos personales, los conceptos Fijo Personal y Ex-Primavera conservan su cuantía nominal de referencia para quienes tengan derecho reconocido a ellos. Dichos complementos mantendrán su protección frente a los mecanismos de compensación y absorción, aunque dejarán de revalorizarse de forma sucesiva. El objetivo expresado en el texto radica en concentrar las subidas económicas futuras en los componentes retributivos de carácter común y general para la totalidad de los trabajadores del sector farmacéutico.

Reducción progresiva del tiempo de trabajo

En materia de jornada laboral, la norma establece un descenso gradual de las horas efectivas de trabajo. La jornada máxima anual ordinaria, que se situaba en 1.782 horas, pasa a ser de 1.767 horas en 2026. A partir del uno de enero de 2027 y durante el ejercicio 2028, el cómputo máximo queda fijado en 1.752 horas anuales. Esta reordenación del tiempo de trabajo contempla un régimen transitorio y conlleva la extinción definitiva del permiso por asuntos propios.

El marco regulador modifica asimismo el régimen de licencias y permisos. En este sentido, la norma amplía de 15 a 24 horas anuales el permiso destinado al acompañamiento de familiares a tratamientos oncológicos o contra la leucemia. Adicionalmente, el documento incorpora un nuevo permiso conjunto de hasta 24 horas anuales para la asistencia a visitas médicas propias y el acompañamiento familiar, sujeto a los requisitos de justificación establecidos en el propio convenio colectivo.

Organización del servicio y paz social

Las medidas de índole laboral se complementan con disposiciones orientadas a la gestión y organización interna de las oficinas de farmacia. El texto facilita la distribución irregular de la jornada de trabajo y establece una regulación renovada para la previsión de las situaciones de baja voluntaria del personal. Asimismo, el marco normativo incluye la renovación de los programas de formación profesional para los equipos de las farmacias.

Las asociaciones empresariales AGFE, AFET y AFELL manifestaron su reconocimiento expreso a la interlocución desarrollada por los sindicatos FeSMC-UGT y UTFT durante la mesa negociadora. Las entidades patronales subrayaron que el texto definitivo responde a la capacidad de los agentes sociales para construir acuerdos compartidos desde posiciones diversas. Del mismo modo, las partes reafirmaron su compromiso con la interlocución permanente y el uso de los cauces de interpretación, seguimiento y solución de discrepancias previstos en el convenio para mantener la paz social.

La vigencia trienal fijada para el periodo 2026-2028 ofrece previsibilidad a los titulares para la planificación de costes y la organización de los cuadrantes de personal. Como recoge la disposición final segunda del documento, el valor del acuerdo se fundamenta en el equilibrio entre el progreso social, la viabilidad económica de las oficinas de farmacia, la estabilidad de las plantillas y el mantenimiento de la calidad en la atención farmacéutica prestada en Girona, Lleida y Tarragona.

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