Política

XXV Convenio: Adefarma destaca las otras 'victorias' de la bancada patronal

El reconocimiento a la necesidad de explorar otras fórmulas de contratación o el fin de la obligación de instruir un expediente sancionador para faltas graves y muy graves, incluidos en el XXV Convenio, entre los logros señalados por Adefarma.
José Luis Pérez, María Sánchez, Cristóbal López de la Manzanara y Ana Oliver, hablan del convenio en la sede de Adefarma.

Pese a que Adefarma/Fenofar había hecho un planteamiento de máximos en la negociación del XXV Convenio de Farmacia, firmado este 19 de enero en la sede de FEFE, finalmente no ha podido conseguir todo lo que pedía. A este respecto, el presidente de la delegación madrileña, Cristóbal López de la Manzanara, ha señalado la inclusión de la subida salarial del 2% en el primer año, y del 1,5% en 2018 y 2019, como una mala noticia para las farmacias, dadas las dificultades económicas por las que aún atraviesan algunas de ellas. Pero, incluso en esta cuestión, la patronal madrileña tiene algo que celebrar, ya que, como plantea su asesor jurídico, José Luis Pérez, "la subida real en este 2017 rondará el 1,6%, teniendo en cuenta que se ha conseguido el aumento de 7 horas en la jornada laboral".

Del resto, todo parecen ser pequeñas victorias para la bancada patronal. Así se desprende, por ejemplo, de la rebaja de las pretensiones de UGT de aplicar, en lo relacionado con la conciliación de la vida laboral y familiar, "una absoluta flexibilidad" en la jornada laboral de las madres, "para que decidieran en qué momento del día querían ir a trabajar", indican desde Adefarma. La presunta propuesta de UGT finalmente ha quedado en un compromiso expresado en términos muy genéricos en el Artículo 6, sobre Igualdad de Trato, lo que deja su aplicación en manos del titular y lo que éste convenga con el empleado.

Otro aspecto que destacan desde la asociación madrileña tiene que ver con la contratación mercantil, a través de la creación de la figura del autónomo dependiente, dentro de la oficina de farmacia, una posibilidad que Adefarma/Fenofar quería introducir en el preámbulo del Convenio, lo cual no fue aceptado. En cambio, la bancada patronal interpreta que la redacción Artículo 9.3, que dice expresamente que "las partes negociadoras de este Convenio Colectivo se comprometen a elaborar el Estudio del Sector y, dentro de este, valorar la posible cobertura para las nuevas situaciones que están apareciendo en el marco de las oficinas de farmacia en materia de empleabilidad para la atencion de depósitos de medicamentos, centros sociosanitarios y farmacia asistencial, entre otros...)", supone un resquicio abierto a avanzar en su consecución.

Según Pérez, "el Observatorio es el mecanismo que va a permitir llegar a las instituciones" y, ahora que está en plena discusión la redacción de una nueva Ley de Ordenación Profesional en Madrid, proceso en el que Adefarma ha manifestado que participará mediante la redacción de un documento de reflexión, la conclusión a la que se llegue con el Estudio del Sector, donde se definirán las necesidades de la farmacia, podría servir para que se reconozca la posibilidad de la contratación mercantil.

Sanción sin expediente sancionador

El asesor jurídico de Adefarma también ha hecho referencia a la importancia que tiene para los titulares de farmacias la eliminación de la necesidad de instruir un expediente sancionador para la imposición de sanciones graves o muy graves en aquellos centros de trabajo donde no exista representación sindical, aspecto recogido en el Artículo 51, sobre Expediente Sancionador Disciplinario. De esta forma, explica Ana Oliver, vicepresidenta de la asociación madrileña, "se evitarán situaciones muy tensas que terminan afectando al ambiente de la farmacia y que quedan diluidas en las empresas con más empleados". Cabe recordar, en este punto, que las faltas graves, según el Artículo 50.2 del Convenio, "podrán ser sancionadas con suspensión de empleo y sueldo de cuatro a quince días", y las muy graves "con suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días o con el despido".

Además de estas cuestiones, que podrían ser entendidas como un perjuicio por parte de algunos empleados, algunos representantes de los farmacéuticos adjuntos se han quejado de que existen otras cuestiones, que se habían planteado, que se habrían obviado. En este sentido, destacan el hecho de que no se haya modificado la obligación de los facultativos de avisar con 90 días (para los técnicos son 30 días, y para los auxiliares, administrativos y subalternos, 15) de antelación en caso de cese voluntario, lo cual, dicen, "es una barbaridad", así como "que todos los días se consideren laborables, incluidos domingos y festivos".

Comentarios

guest
0 Comments
Inline Feedbacks
View all comments

Noticias relacionadas

Actividades destacadas

Síguenos en