Profesión

Ley de Autónomos: nuevos titulares, conciliación y jubilación, claves

El proyecto de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo de Autónomos, que fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 29 de junio y que en estos momentos se encuentra en el Senado, para su posterior aprobación en el Congreso de los Diputados, tendrá un efecto positivo especialmente para nuevos titulares de oficina de farmacia, para trabajadoras con menores a su cargo y para los farmacéuticos con oficina de farmacia que se jubilen pero deseen continuar la actividad.

El proyecto de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo de Autónomos, que fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 29 de junio y que en estos momentos se encuentra en el Senado, para su posterior aprobación en el Congreso de los Diputados, tendrá un efecto positivo especialmente para nuevos titulares de oficina de farmacia, para trabajadoras con menores a su cargo y para los farmacéuticos con oficina de farmacia que se jubilen pero deseen continuar la actividad.

Las ventajas que el nuevo texto va a tener para los autónomos que trabajan en oficina de farmacia han sido destacadas por Celia Ferrero, vicepresidenta de la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA), que el pasado 19 de julio participó en la jornada celebrada en el Congreso de los Diputados que organizó el Consejo General de Colegios de Farmacéuticos para debatir sobre el actual modelo de farmacia. Según expresó Ferrero, la nueva norma tendrá un efecto positivo especialmente para la conciliación de la vida personal y profesional, un hecho relevante especialmente para una profesión feminizada, donde el 72% de farmacéuticos que ejerce en oficina de farmacia son mujeres.

Aunque en la farmacia también existen los denominados autónomos familiares colaboradores, la norma va dirigida a los autónomos titulares y cotitulares, con medidas que, “en general, van en consonancia con la tendencia normativa de los últimos tiempos que tiene por objeto equiparar el régimen de autónomos al de los trabajadores por cuenta ajena”, apunta Eva María Illera, responsable del departamento de Laboral de Asefarma.

Desde este despacho consideran que las medidas a adoptar mejoran las condiciones de los autónomos de forma generalizada. Sin embargo, éstas se quedan cortas en lo que se refiere a un verdadero avance para el impulso de estos trabajadores, desde el punto de vista del bufete Gómez Córdoba. “Es cierto que la norma va a tener un impacto positivo para nuevos titulares, situaciones de maternidad/paternidad y en caso de jubilación; sin embargo, no se observan grandes avances en protecciones que sí que tienen los trabajadores por cuenta ajena y en las que los autónomos están en clara desventaja, como son el desempleo o la enfermedad profesional”, explica la abogada Rosa Gómez Soto, cofundadora de Gómez Córdoba Abogados de Farmacia.

Uno de los objetivos del texto, según Illera, es ayudar a los autónomos en los primeros momentos de puesta en marcha de la actividad emprendedora, que suelen ser los que revisten mayor dificultad, reforzando para ellos los beneficios en materia de cotización. Así, los nuevos titulares de oficina de farmacia podrán acogerse a la tarifa plana de 50 euros durante 12 meses, en lugar de seis como venía siendo hasta ahora. “Esto supone un ahorro de 1.350 euros como mínimo en el momento de la nueva apertura, lo que sin duda es una buena noticia”, subraya Rosa Gómez.

Ayuda a las titulares

Una de las novedades más importantes que recoge el texto, según apuntan desde Asefarma, son las medidas para favorecer la conciliación entre la vida familiar y laboral de estos trabajadores.

Las titulares de farmacia estarán exentas del pago de cuota durante el descanso por maternidad, que también se aplicará en los descansos por paternidad, adopción, acogimiento y riesgo durante la lactancia natural. “Recordemos que el descanso por maternidad es de un mínimo de seis semanas y un máximo de 16. En este caso, el ahorro es de un mínimo de 385 euros, pero puede llegar a superar los 1.000 euros si se disfruta de toda la baja voluntaria. A partir de aquí, se aplicará la tarifa plana de 50 euros durante 12 meses, es decir, 2.700 euros de ahorro como mínimo”, calcula Rosa Gómez.

Positivo para los que se jubilen y quieran seguir en activo

Son numerosos los farmacéuticos que se acogen a la jubilación activa, que en estos momentos cobran el 50% de la pensión. Sin embargo, con la nueva ley se prevé que puedan percibir el 100% de la pensión sin dejar de trabajar si cuentan al menos con un empleado en la farmacia. En este punto, hay que recordar que la mayoría de las Leyes de Ordenación Farmacéutica permiten que los titulares permanezcan en la farmacia hasta los 70 años, puntualiza Rosa Gómez.

Los despachos de abogados coinciden en señalar que otro de los puntos de la norma que supondrá un impulso para los autónomos es el relativo a los accidentes de trabajo in itinere. Con la actual normativa, no tienen esta consideración aquellos sufridos por el titular de camino al puesto de trabajo, pero con el nuevo texto se trata de equiparar al régimen de los trabajadores por cuenta ajena esta contingencia, reconociendo también para los autónomos el accidente de trabajo in itinere”, señala la responsable del departamento de Laboral de Asefarma.

Otro de los aspectos positivos de la nueva norma es el relativo a la contratación de familiares. “En una profesión tan hereditaria y familiar como la farmacéutica, es bien recibido que se vaya a bonificar la contratación de familiares hasta segundo grado de consanguinidad con el cien por cien de la cuota por contingencias comunes durante 12 meses”, explican desde Gómez Córdoba. “Esto puede resultar muy interesante en casos muy concretos en los que un determinado familiar verdaderamente se incorporase a la plantilla de una farmacia de forma estable”, añade Rosa Gómez.

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