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Publicada en el BOE, sin cambios, la Ley para los trabajadores autónomos

Algunas medidas ya han entrado en vigor y otras lo harán el próximo 1 de enero.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el 25 de octubre la Ley 6/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, aprobada por unanimidad en el Congreso y el pasado 11 de octubre en el Senado. La norma se ha publicado sin cambios respecto al proyecto de Ley, de modo que las medidas que introduce son las mismas que ya adelantó Diariofarma.

Por tanto, las principales novedades de las que se van a ver beneficiados los titulares de farmacia, como trabajadores autónomos que son, están relacionadas con la conciliación de la vida familiar y laboral, los farmacéuticos jubilados que deseen continuar desarrollando su actividad y los nuevos titulares.

Medidas que ya tienen efecto

Hay medidas con efecto desde la entrada en vigor de la Ley, según recuerdan desde Bufete Escura, especializado en oficinas de farmacia. Una de ellas es la aplicación de la tarifa plana general para las trabajadoras que se reincorporen a su actividad en los dos años siguientes a la fecha del cese de maternidad, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento y tutela. Estas titulares dispondrán de una bonificación de la cuota por contingencias comunes de 50 euros mensuales durante los 12 meses siguientes siempre que opten por la base mínima.

También se van a ver beneficiados a partir de la entrada en vigor de la norma los titulares que compatibilicen el trabajo por cuenta propia con la pensión de jubilación, cobrando el cien por cien de la misma.

Otra de las ventajas que ya tienen aplicación son las bonificaciones por la contratación de familiares hasta segundo grado de consanguinidad con el cien por cien de la cuota por contingencias comunes durante 12 meses. También se aplica ya la consideración del accidente in itinere, es decir, que los autónomos que coticen por contingencias comunes tendrán cubierto los accidentes sufridos de camino al puesto de trabajo.

A partir de 2018

Entre las medidas que tendrán efectos desde el 1 de enero de 2018 se encuentran los recargos por el ingreso de las cuotas fuera de plazo, que será del 10% de la deuda de cotización si se abona en el primer mes tras el vencimiento. La tarifa plana de 50 euros durante 12 meses a los nuevos titulares también se aplicará a partir del año que viene.

Del mismo modo, la exención del pago de cuota durante el descanso por maternidad, que también se aplicará en los descansos por paternidad, adopción, acogimiento y riesgo durante la lactancia natural, también tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2018.

 

 

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