El Boletín Oficial del Estado ha publicado este martes la orden ministerial que actualiza la Cartera de Servicios Comunes del Sistema Nacional de Salud (SNS). Esta modificación introduce nuevos servicios y procedimientos, amplía coberturas existentes y adapta la cartera a las necesidades actuales de la población.
Las novedades incluye la ampliación del cribado neonatal que incorpora la tirosinemia tipo I al programa de cribado de enfermedades endocrino-metabólicas y se establece el cribado de las cardiopatías congénitas críticas.
En relación con los cribados de cáncer, se modifica el programa de cribado poblacional de cáncer de cérvix. Esta modificación implica una actualización de los criterios de la prueba primaria de cribado y el intervalo entre exploraciones, adaptándose a las nuevas evidencias científicas y estrategias de prevención.
En Atención Primaria se amplía el catálogo de procedimientos diagnósticos que pueden realizarse directamente en el primer nivel asistencial, incorporando pruebas que hasta ahora requerían derivación a atención hospitalaria, como ecografías clínicas, retinografías, dermatoscopias, pruebas cardiológicas, diagnósticos de infecciones respiratorias o test de marcadores cardiovasculares.
Además se refuerzan las acciones de promoción de la salud, prevención de enfermedades, atención familiar y comunitaria. Las nuevas actividades incluidas facilitan la detección y priorización de problemas de salud de la comunidad, la identificación de recursos comunitarios, la participación en consejos de salud y la coordinación intersectorial con agentes locales, educativos, sociales y comunitarios.
Se reclasifican 25 tipos de productos ortopédicos del catálogo común, que pasan a ser considerados de elaboración individualizada (MED). Se incluye la posibilidad de que personas con patología neurológica, usuarias de ortesis tipo DAFO desde la infancia, puedan seguir utilizándolas en la edad adulta. Se incorporan al catálogo dos nuevos tipos de lentes de contacto para la corrección de la afaquia en casos de catarata congénita infantil.
Finalmente la orden concreta y homogeneiza el acceso a los tratamientos en todo el territorio nacional, especialmente para personas con discapacidad o con alteraciones conductuales graves. Se establece que aquellas personas mayores de 14 años con discapacidad igual o superior al 33%, tanto intelectual como física, que limite la movilidad de las extremidades superiores, tendrán garantizado el acceso a tratamientos de odontología conservadora cuando, según criterio profesional, exista riesgo para su salud bucodental.
En relación con los implantes quirúrgicos, tras la evaluación de los resultados de los estudios de monitorización realizados, se mantiene incluido en la cartera el dispositivo de cierre (oclusor) de la orejuela auricular izquierda, indicado para pacientes con fibrilación auricular que presentan alto riesgo de ictus y que no pueden recibir tratamiento anticoagulante oral. Por el contrario, se ha acordado la exclusión del stent esofágico biodegradable para patologías benignas, tras constatar que no se cumplen los requisitos de seguridad y eficacia establecidos en la normativa vigente.
Esta propuesta se integra en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con un enfoque prioritario en el fortalecimiento de la Atención Primaria y Comunitaria. Ha sido debidamente informada por los órganos competentes: la Comisión de Prestaciones, Aseguramiento y Financiación (CPAF), el Comité Consultivo del Sistema Nacional de Salud y el Comité Asesor para la Prestación Ortoprotésica. Además, ha sido aprobada por el Consejo Interterritorial del SNS y ha contado con el dictamen del Consejo de Estado.