Terapéutica

Las farmacias podrán vender los test de antígeno desde este jueves

El BOE publica el real decreto por el que se exime de la exigencia de receta médica a los test de antígenos para la covid-19 de autodiagnóstico, así como se autoriza a su publicidad. Entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Test de antígenos Covid-19

La publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del Real Decreto 588/2021, de 20 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1662/2000, de 29 de septiembre, sobre productos sanitarios para diagnóstico «in vitro», con objeto de regular la venta al público y la publicidad de los productos de autodiagnóstico de la covid-19, abre definitivamente la puerta a que las farmacias puedan vender y publicitar los test de antígeno para autodiagnóstico del covid-19.

La entrada en vigor de este real decreto, que se producirá este jueves 22 de julio, marca el momento desde el que las farmacias estarán habilitadas a vender, sin necesidad de prescripción médica, los test indicados para autodiagnóstico.

Tal y como señala el propio real decreto "el enfoque común de las estrategias de detección de la covid-19, es ampliar lo máximo posible la capacidad diagnóstica para que estas sean más eficientes. En este sentido, la utilización de pruebas rápidas de antígeno se ha considerado una herramienta de diagnóstico útil para conseguir este objetivo de ampliar la capacidad diagnóstica".

Para alcanzar esa meta, "resulta preciso establecer medidas extraordinarias con el fin de facilitar el acceso a la realización de pruebas de autodiagnóstico de la covid-19". Por ello, resulta necesario retirar la exigencia de prescripción para la venta al público de estos productos ya que constituye "una importante barrera para su uso". Igualmente, el texto aprobado por el Gobierno explica que "para favorecer el conocimiento de la existencia de esta prueba, es conveniente permitir la realización de publicidad dirigida al público".

Por último, cabe recordar que en caso de positivo al test de antígenos, es necesario que los usuarios lo notifiquen al sistema sanitario ya que la covid-19 es una enfermedad de declaración obligatoria. Para ello, las comunidades autónomas y los colegios de farmacéuticos se están coordinando para el registro y notificación de los datos.

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