El Boletín Oficial del Estado ha publicado este miércoles el convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) y la Federación de Distribuidores Farmacéuticos (Fedifar), en materia de intercambio de información de medicamentos considerados críticos en un momento determinado.
El convenio tiene por objetivo impulsar la adhesión voluntaria de las distribuidoras para aportar información a través de un sistema de información temprana. Con este sistema, que según el convenio ha de aportarlo la Aemps, las empresas adheridas transmitirán datos a la Agencia cuando se detecte un nivel de suministro significativamente inferior al nivel de servicio habitual en un medicamento.
Con ello lo que se persigue es anticiparse a posibles problemas en presentaciones críticas y aportar posible soluciones antes de que la situación llegue a las oficinas de farmacias y a la sociedad en general.
El acuerdo entra dentro la colaboración entre distribuidores y Aemps, incluido en el Plan de Garantías de Abastecimiento.
En el convenio, Fedifar se compromete a identificar y proponer el detalle de la información relacionada con las señales que puedan ser detectadas por sus asociados, de probables problemas de suministro. Por su parte, la Aemps se compromete a: establecer un sistema compatible para la recepción y tratamiento de esta información; gestionar la información de forma eficaz para la mejora del tratamiento y prevención de los problemas de suministro; y a la aportación de asesoramiento técnico y de conocimientos.
El seguimiento del acuerdo, que tiene una validez de cuatro años, lo realizará una Comisión de Seguimiento compuesta por dos miembros de cada una de las partes, que serán nombrados por la Aemps y por Fedifar, respectivamente, y un representante por cada una de las empresas adheridas.
La adhesión de los distribuidores será en cualquier caso voluntaria y se reconoce expresamente que los asociados de Fedifar “son los propietarios de la información, quienes tendrán reservados todos los derechos de explotación, no pudiendo Fedifar acceder a la información que cada asociado traslade a la Aemps”.
En ese mismo sentido, el convenio indica que “todos los derechos de propiedad intelectual y demás derechos de propiedad sobre la información confidencial, así como sobre los soportes que la contengan, permanecerán y seguirán siendo titularidad de cada parte”.
De la misma manera tanto la Agencia como la Federación “se obligan a guardar la más absoluta confidencialidad, durante la vigencia del presente convenio, y una vez finalizado el mismo, respecto de toda la documentación e información, verbal o escrita, que hayan recibido en el marco del presente convenio, así como respecto de aquella otra información a la que puedan tener acceso durante la realización de la colaboración”.
Por último, Aemps y Fedifar reconocen con este convenio “la existencia de objetivos e intereses comunes en la mejora de las incidencias producidas en la distribución de medicamentos, su voluntad de colaborar y establecer fórmulas de cooperación que contribuyan al cumplimiento de sus fines, así como el interés para la salud pública del Plan de Garantías de Abastecimiento de Medicamentos y el Plan de acción de Identificación precoz de los problemas de suministro, mejora de herramientas para la gestión y mejora de las actuaciones para obtener las alternativas terapéuticas”.