Gestión

Para pagar menos al fisco por el impuesto del IRPF, labor de previsión

Publicada la Guía IRPF 2017 de Almirall y Taxfarma para optimizar el abono fiscal de la farmacia.

La fiscalidad de la farmacia contiene numerosas particularidades que el farmacéutico empresario muchas veces desconoce. Una optimización fiscal del IRPF comportará una aportación menor a Hacienda, pero para ello la farmacia debe saber qué oportunidades de ahorro impositivo permite la legislación. Así lo explica a Diariofarma el asesor fiscal Juan Antonio, socio director de Taxfarma. Esta consultoría, junto a Almirall, ha editado por décimo año consecutivo la ‘Guía IRPF 2017 para la oficina de farmacia’, disponible de forma gratuita para los socios del Club de la Farmacia, en versión ebook e impresa.

El farmacéutico tiene mucho margen de maniobra a la hora de aportar menos al fisco en cuanto al IRPF con una buena gestión, en la que la planificación y la previsión son fundamentales. “El titular tiene que disponer a finales de año de una simulación de las principales líneas de su próxima declaración de renta. Es durante el propio ejercicio cuando se ha de ir gestionando la fiscalidad, ya que una vez finalizado el ejercicio, pocas oportunidades existirán”, subraya Sánchez, autor de los contenidos de la guía.

En realidad, las novedades en torno al IRPF del 2017 son escasas. Las escalas de tributación son, a nivel general, iguales a las del año anterior, por lo que aparentemente no tendría que incrementarse la presión fiscal del farmacéutico, y tampoco hay novedades importantes en IRPF 2017 que añadan o eliminen herramientas de optimización fiscal en la farmacia. Sin embargo, tal y como afirma Sánchez, en estas ocasiones, hay que hablar de lo que se conoce como ‘progresividad en frío’, término que se utiliza para definir los efectos de la ‘no deflactación’ del IRPF. “Es decir, como los tramos no se adaptan al IPC, los contribuyentes, farmacéuticos en nuestro caso, tendrían una subida ‘oculta’ de su impuesto sobre la renta”, apunta.

Este experto también recomienda realizar un repaso de los últimos años de declaraciones no prescritas. “En muchas ocasiones, el farmacéutico no ha aprovechado una determinada deducción o reducción y puede estar aún a tiempo de solicitarla”, señala. Por ejemplo, si en 2013 se realizó una inversión importante, se recomienda chequear si se han aplicado todas las ventajas fiscales disponibles, ya que el próximo 30 de junio prescribirá la Renta 2013.

Principales novedades en la campaña de la Renta 2017 del farmacéutico

El ejercicio fiscal 2017 supone el tercer año de vigencia de la normativa aprobada a finales del año 2014, que se presentaba como la última Reforma Fiscal de las actuales autoridades tributarias. Durante los meses de abril a junio de 2018, el farmacéutico deberá presentar la declaración.

En 2017 se mantiene la bajada de tipos en escala base general del IRPF 2016, con un mantenimiento de la pequeña disminución de la nueva escala introducida en IRPF 2015. También continúa la reducción del 20% del rendimiento neto positivo declarado para oficinas de farmacia que inicien el ejercicio de su actividad económica a partir del uno de enero de 2013.

En cuanto a la fiscalidad de las inversiones en la farmacia, se mantienen los cambios realizados en 2015 sobre el régimen de pymes, principalmente sobre las nuevas tablas de amortización y los nuevos parámetros en inversiones de escaso valor. También sigue vigente la redefinición que hizo la Reforma Fiscal de 2015 sobre la deducción por inversión de beneficios, denominados ahora “Deducción por inversión en elementos nuevos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas”.

Respecto a las copropiedades, continúa la tributación en el régimen de atribución de rentas del IRPF. Igualmente, se mantiene el incremento de la deducción por donativos 2016. Destaca también la exención por reinversión en rentas vitalicias de las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto en la transmisión de elementos patrimoniales por contribuyentes mayores de 65 años. La guía también señala como novedad la eliminación del 100% del Impuesto sobre el Patrimonio que introdujo el Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre.

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