Política

Los gestores sanitarios ven serias carencias en la nueva LCSP

En un sondeo de Sedisa apuntan que la nueva ley no consigue simplificar procesos, que el sistema no está preparado para la contratación electrónica, o que la apuesta por el procedimiento abierto simplificado no es muy conveniente, entre otros.

Durante el II Foro Sanitario de Directiv@s de Gestión Económica y Servicios se han presentado resultados del Sondeo sobre la 'Valoración de la Nueva Ley de Contratos del Sector Público por el Directivo de Gestión', realizado por la Sociedad Española de Directivos de la Salud (SEDISA), con la colaboración del Laboratorio de la Contratación. En él, los directivos encargados de la gestión económica consultados habrían concluido que con la nueva Ley no se ha conseguido simplificar los procesos de contratación pública, que el sistema no se encuentra preparado para la asunción práctica de la contratación electrónica, la lotificación que caracteriza a la Ley no permitirá una mayor concurrencia de las pymes y que la apuesta por el procedimiento abierto simplificado no será lo suficientemente ágil en el sector sanitario.

En definitiva, siete de cada 10 directivos de gestión que han participado en el Sondeo, que ha sido respondido por un total de 44 profesionales del mencionado perfil de toda España, opinan que la Ley de Contratación del Sector Público no responde de forma satisfactoria a las necesidades específicas del sector y más del 90% considera necesario que se adopten medidas para una mayor profesionalización en la materia.

Para rebatir sobre el alcance de la ley se celebró además una mesa, moderada por Pedro Izquierdo, director de Gestión del Hospital Clínico San Carlos de Madrid, y Emilio Camino, director de Recursos Económicos de la Xerencia de Xestión Integrada de A Coruña, en la que se abordaron las principales novedades en el marco normativo y la responsabilidad ética y jurídica de este directivo en su aplicación.

Así, en palabras de Izquierdo"la nueva ley 9/2017 ha conseguido agilizar los trámites administrativos respecto del licitador, a quien se le facilita mediante la simple Declaración Responsable su concurrencia, siendo preceptivo acreditar la condición administrativa, únicamente, si finalmente es adjudicatario". No obstante, este experto explica que a efecto de los clásicos servicios de contratación, “las exigencias legales no han conseguido simplificar los procesos de contratación pública, sino que les ha supuesto un incremento de trámites administrativos y una mayor tecnificación y elaboración técnico-científica de los mismos; un incremento de la toma de decisiones colegiada, que siempre requiere mayor esfuerzo colaborativo a través de la designación de comités técnicos; un incremento de actividad colegiada para la valoración de las ofertas, y envío de información contractual a la oficina de Supervisión de la Contratación Pública para su posterior remisión de datos de contratación a la Unión Europea". Todo ello, que conlleva el alargamiento de trámites, supone, a su juicio, “una demora en el cumplimiento de los objetivos que se tratan de conseguir en la provisión de bienes y servicios”.

Por su parte, Camino añadió que teniendo en cuenta que "el gasto público sanitario, sin contar personal, es el más importante de todo el gasto público en la práctica totalidad de las autonomías, así como las específicas características del mismo" estaría justificado que se le hubiera hecho "un traje a medida". No obstante, reconoció que "también es posible convivir con la actual", y que, en todo caso, va a "exigir esfuerzos en distintos frentes, aunque lo primordial sería el convencimiento de todos los actores de que la Contratación Pública sea un objetivo estratégico para las organizaciones". Finalmente, en lo que respecto al día a día del trabajo del directivo de gestión, destacó que “por una parte, es una ley muy ambiciosa, hiperreguladora y compleja" y que, "por su mayor exigencia en muchos aspectos posiblemente implicará plazos de tramitación más largos, mientras que, por otra parte, abre o facilita explorar caminos nuevos para la innovación”.

Más allá del precio

Los resultados del Sondeo muestran, asimismo, que los directivos aprecian el hecho de que la nueva Ley posibilita la compra estratégica de medicamentos y tecnología sanitaria (casi el 70% de los participantes), el 85% valora de forma positiva que la Ley se enfoque hacia la compra de medicamentos en términos de rendimiento y no de precio y casi el 50% considera acertado el procedimiento de asociación para la innovación para una contratación pública más eficiente. "En este punto, la cuestión del rendimiento del medicamento comporta determinar previamente cuál es ese beneficio esperado y beneficio alcanzado y, en estos momentos, hay un espacio temporal incierto que no permite la determinación del resultado, aún a pesar de que el pago ya se hubiese realizado al tiempo de la compra", puntualizó Izquierdo.

En cuanto a la contratación electrónica, el Sondeo estima que nueve de cada 10 directivos de gestión económica creen que el sistema no se encuentra preparado para la asunción práctica de la contratación electrónica, a pesar de que ésta "realmente se configura como el eje vertebrador de la transparencia, en los términos de la nueva Ley y, en este aspecto, es mayoritaria la posición directiva en el entendimiento de que nuevamente España va tarde", señaló, indicando además que "la diversidad de sistemas que cada Órgano de Contratación está implementando, en la medida de sus posibilidades, para la puesta en práctica de los requerimientos de transparencia y participación de los licitadores, lejos de ser homogéneos, coexisten con otros diversos que en todo caso deben concurrir en el Perfil del Contratante de cada comunidad autónoma, que además debe integrarse en la Plataforma de Licitación de la Administración del Estado”.

En definitiva, para Camino "aún queda mucho camino por andar y falta que el espíritu de la Ley y sus ambiciosos objetivos se integren en las líneas estratégicas de trabajo de los servicios de salud y de los centros sanitarios”. Asimismo, este experto destaca como mayores retos para la adaptación de esta Ley al sector sanitario “conciliar la planificación exigida por la ley con la planificación presupuestaria y asistencial y conciliar las exigencias normativas con la realidad asistencial en al menos tres variables: exigencias de los clínicos, empuje constante de los avances tecnológicos, demanda variable y poco previsible en muchas ocasiones”.

Responsabilidades del directivo

En el área de la ética, Jesús Vidart, director general de Contratación de Patrimonio y Tesorería de la Comunidad de Madrid, aseguró que la Ley supone un "cambio radical" y se refirió al hecho de que, ya en la exposición de motivos incluya "cláusulas sociales y medioambientales, algo que se repite a lo largo de todo el texto". "La Ley exige como ejecución esencial de un contrato, una condición social o medioambiental e incluso se incluyen ejemplos de cláusulas sociales, como igualdad de género, las no emisiones de CO2, etcétera”. Asimismo, Vidart destacó la discriminación positiva por la reserva de contratos que la Ley establece para centros especiales y empresas de inserción laboral.

En cuanto a la responsabilidad jurídica de los directivos, la Ley no cambiaría significativamente, en tanto en cuanto ésta sigue estando basada en el cumplimiento del Código Penal y la Ley de Transparencia. No obstante, se incluyen cuestiones, como el compliance, o la obligación de la Administración de proveerse de programas de buena conducta para tratar de luchar contra la corrupción, como la Oficina de Supervisión y Vigilancia, cuya creación estable la Ley.

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