Profesión

FEFE advierte del peligro de contratar con empresas de reparto

FEFE asegura que una adhesión con las empresas que se dedican a este tipo de intermediación podría ser una prueba contra la farmacia si se incoase un expediente por incumplimiento de la legislación sobre venta a domicilio de medicamentos.
Luis de Palacio, presidente de FEFE.
La Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE) ha emitido su posicionamiento ante la oferta de servicios de intermediación para atender la demanda de medicamentos a domicilio, aconsejando a las farmacias "no suscribir ningún tipo de adhesión con las empresas que se dedican a este tipo de intermediación, ya que podría ser una prueba en su contra si se incoase un expediente por incumplimiento de la legislación sobre venta a domicilio de medicamentos".
A este respecto, la patronal de las oficinas de farmacia hace referencia al hecho de que la mayor parte de las leyes de Ordenación Farmacéutica no deja dudas sobre la prohibición expresa de otras modalidades de venta a distancia más allá de la establecida en el Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre para la venta de medicamentos sin receta por Internet, siempre que las boticas estén autorizadas por la Aemps y registradas en Distafarma.
"El principal peligro en el que puede incurrir una farmacia que atienda pedidos de un intermediario verbal es que, por parte de la Administración de la que depende, se considere que forma parte de una organización que facilita la venta a distancia de medicamentos, en algunos casos incrementando su coste, con lo que estaría comprendida en las prohibiciones que se detallan para cada comunidad autónoma y en la legislación estatal sobre el precio de los medicamentos", indican desde FEFE.
Citan, a este respecto, a algunas comunidades, como Andalucía o Galicia, que sí admiten la venta a domicilio, aunque ésta queda condicionada a una regulación de la Consejería competente y en ninguna de estas autonomías se ha regulado todavía. "En las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla se remite a la legislación estatal, que sería el Real Decreto 870/2013", prosiguen.

Canarias, Cantabria y Baleares

Hacen mención también a la posibilidad que figura en la legislación de algunas regiones, como Cantabria, Canarias y Baleares, de que la posible actuación no suponga un aumento de coste de los medicamentos, algo que, dicen, "se incumple claramente en la actuación de algunas empresas que han aparecido para facilitar este servicio".
Por último, se refieren a la iniciativa de Castilla La-Mancha, el sistema informático denominado ¿Quién lo Tiene?,  dirigido a luchar contra los desabastecimientos con implicaciones positivas en la salud pública y en la satisfacción de los pacientes. "El programa ¿Quién lo tiene? no tiene relación con la entrega a domicilio de los medicamentos, no incrementa los costes del producto dispensado y es respetuoso con la identidad de paciente. Solo facilita que éste pueda conseguir el medicamento de una forma rápida y segura", concluyen.

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