Política

Sanidad y CCAA coordinan la atención sanitaria a los refugiados de Ucrania

Salud Pública aprueba la guía de actuación ante la llegada de desplazados en las que se marca un abordaje específico con un calendario vacunal acelerado para distintas enfermedades
Fachada del Ministerio de Sanidad.

Los miembros de la Comisión de Salud Pública han aprobado este viernes la ‘Guía de actuación ante la llegada de desplazados desde Ucrania’. Un documento que busca garantizar la asistencia de manera equitativa y coordinada en todo el Sistema Nacional de Salud (SNS) a las personas que están llegando a nuestro país huyendo de la guerra.

Esta guía es una de las actuaciones que está coordinando el Ministerio de Sanidad con las Comunidades y Ciudades Autónomas como respuesta a la crisis ucraniana como es la puesta a disposición de 5.500 camas hospitalarias, de las cuales 1.184 son pediátricas, o el envío de medicamentos y material sanitario tanto a Ucrania como países limítrofes.

En la guía se establecen medidas de control y tratamiento tanto de la Covid-19 como de otro tipo de patologías y, además, se marca un abordaje específico con un calendario vacunal acelerado para distintas enfermedades como la poliomielitis o el sarampión.

Con respecto al abordaje Covid, la guía recoge las medidas de control sanitario. Con relación a las personas que lleguen por vía aérea, y dada a la situación excepcional que se está viviendo en Ucrania, se han adoptado como medidas especiales que se comunique a las compañías aéreas que se permita embarcar en los vuelos con destino España a aquellas personas procedentes de las zonas de conflicto sin necesidad de que estén en posesión del QR de SpTH.

Además, los Servicios de Sanidad Exterior realizarán controles sanitarios a la llegada a España de todos los pasajeros nacionales o residentes en Ucrania para que se les realice un control de síntomas contra la covid.

Con respecto al resto de patologías, la guía establece que las CCAA proporcionarán la información necesaria a las personas procedentes de Ucrania para que reciban una atención sanitaria y tengan una accesibilidad a los servicios sanitarios equivalente a la población local.

Además, se especifica que la primera valoración en los centros sanitarios designados irá encaminada a identificar patologías que requieran asistencia urgente y patologías crónicas de carácter no urgente para reestablecer su seguimiento y tratamiento médico. En concreto, se hará un seguimiento especial de las embarazadas en los servicios de Obstetricia que serán derivadas para el seguimiento del embarazo y de los niños, a Pediatría de Atención Primaria, para realizar las revisiones oportunas y la actualización del calendario vacunal si fuera necesario. Asimismo, se valorará conjuntamente la situación de dependencia, discapacidad física o psíquica, la situación de fragilidad y vulnerabilidad de la persona recién llegada, derivando a estas personas a los servicios sociales correspondientes de cada CCAA para gestionar las ayudas necesarias.

La vacunación de las personas ucranianas desplazadas a España no coincide con la de la población de nuestro país. Tanto a la población infantil como a la adulta se les realizará una valoración individualizada de su estado de vacunación y se les ofrecerán las vacunas, según edad y condición de riesgo, según las recomendaciones aprobadas por el CISNS, y se priorizará la vacunación de covid, sarampión y poliomielitis por su mayor prevalencia en Ucrania. En niños y adolescentes se ofertará, además, la vacunación de difteria, tétanos, poliomielitis, tosferina y Haemophilus influenzae b.

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