El Consejo de Gobierno de País Vasco ha dado luz verde a la Orden del consejero de Salud, Alberto Martínez, para convocar las ayudas dirigidas anualmente a facilitar la adherencia a los tratamientos médicos prescritos y garantizar así que ninguna persona deje de tomar, por motivos económicos, la medicación prescrita.
Las solicitudes podrán realizarse una vez que el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) publique dicha Orden, previsiblemente a finales de este mismo mes de abril.
La convocatoria es la correspondiente al periodo de gasto comprendido, en el ejercicio 2024, entre el 1 de diciembre y el 31 de diciembre de 2024 y, en el ejercicio 2025, desde el 1 de enero hasta el 30 de noviembre de 2025. El importe de los recursos económicos destinados a financiar esta convocatoria asciende a 2,5 millones de euros.
Euskadi fue la primera comunidad española que implementó medidas de compensación destinadas a personas con rentas bajas y grupos desfavorecidos (pensionistas, personas desempleadas, personas inmigrantes en situación irregular…). Desde el inicio de estas ayudas, hace ya 13 años, han sido cerca de 840.000 las solicitudes tramitadas por el Gobierno Vasco, por un importe superior a 46 millones de euros.
Son beneficiarias de estas ayudas las personas pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios, que cuenten con unos ingresos en rentas anuales inferiores a 18.000 euros y sean titulares de la Tarjeta Individual Sanitaria expedida por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco.
Las personas en situación legal de desempleo y sus beneficiarios, con ingresos en rentas anuales inferiores a 18.000 euros y sean titulares de la Tarjeta Individual Sanitaria expedida por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco.
Las personas que perciban la renta de garantía de ingresos en su modalidad de renta complementaria de ingresos de trabajo y sean titulares de la Tarjeta Individual Sanitaria expedida por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco.
Las personas beneficiarias de las personas titulares del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria a que se refieren los tres apartados anteriores y sean titulares de la Tarjeta Individual Sanitaria expedida y cuyo garante sea el Sistema Sanitario de Euskadi.
Y las personas extranjeras no registradas ni autorizadas como residentes en el Estado español que ostenten el correspondiente documento acreditativo de reconocimiento de ese derecho expedido por la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Las solicitudes se podrán realizar de forma telemática o presencial en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Salud, en los centros de salud de Osakidetza y en las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana-Zuzenean.