Política

El sector farmacéutico español reclama una trasposición flexible de la directiva de aguas

Las siete principales asociaciones farmacéuticas y cosméticas en España reclaman que la adaptación de la norma en nuestro país quede condicionada a la existencia de una prestación real, medible, verificable y auditada. Han elaborado un informe que cuantifica entre 134 y 346 millones de euros anuales el impacto al sector.

Frente común de las asociaciones españolas del sector del medicamento ante el desarrollo normativo ambiental. Aelmhu, Aeseg, Anefp, AseBio, BioSim, Farmaindustria y Stanpa han manifestado sus consideraciones comunes tras finalizar el pasado viernes la consulta pública previa del Anteproyecto de Ley del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para trasponer a la legislación española la Directiva de Tratamiento de Aguas Residuales Urbanas. Las siete organizaciones empresariales compartien el objetivo de proteger el medio ambiente, pero advirtieron que el diseño de la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) genera una elevada incertidumbre regulatoria, técnica y económica que compromete el futuro industrial.

El texto de la Directiva (UE) 2024/3019, que entró en vigor en enero de 2025 (las trasposiciones legales nacionales finalizan en diciembre de 2027), persigue la modernización de las plantas urbanas para combatir la microcontaminación. No obstante, las patronales señalaron que el esquema propuesto "vulnera el principio de quien contamina paga y resulta contrario a los principios de proporcionalidad y no discriminación". Según explicaron, el modelo parte de "la premisa errónea" de que los medicamentos de uso humano y los cosméticos contribuyen de forma mayoritaria a la carga tóxica de las aguas. Las entidades denunciaron limitaciones metodológicas, falta de evidencia empírica sólida y la exclusión de otros sectores igualmente contaminantes.

La preocupación sectorial se apoya en un contexto de evidente incertidumbre jurídica en el ámbito comunitario. Polonia presentó un recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Superior de Irlanda planteó, en mayo una cuestión prejudicial sobre la validez del régimen de RAP. Asimismo, las organizaciones recordaron que el propio Parlamento Europeo aprobó una moción el pasado 18 de junio para solicitar a la Comisión Europea un nuevo estudio independiente antes de finales de año. Este informe deberá verificar los costes asociados al tratamiento cuaternario y atribuir de forma correcta las responsabilidades. Igualmente, el movimiento del sector se ve respaldado por diversas iniciativas de varios países europeos, que en mayor o menor medida, han mostrado sus reticiencias a la aplicación normativa hasta que esta no cuente con un respaldo juridico y técnico.

Límites a la aportación financiera

Ante este escenario, las asociaciones encargaron un informe técnico y jurídico a la consultora PwC para evaluar el alcance regulatorio y los costes en España. Las proyecciones a 20 años estiman un impacto económico que se mueve en un rango muy amplio, desde los 134 millones de euros anuales hasta los 346 millones de euros al año. Esta horquilla supondría un desembolso total de entre 2.680 y 6.920 millones de euros para las compañías afectadas. Ante la falta de definición de las zonas de riesgo y los criterios de exención, el sector solicitó posponer la aplicación de la RAP hasta que se aclaren las dudas vigentes.

Por todo ello, las patronales reclamaron que la trasposición española se ajuste estrictamente al marco obligatorio de la Unión Europea y evite cualquier sobrerregulación. La exigencia principal se centró en limitar la contribución de los productores al mínimo obligatorio previsto por la normativa, esto es, el 80% de los costes elegibles. El sector defendió que el porcentaje restante debe financiarse públicamente, habida cuenta de la naturaleza pública del saneamiento, del origen multifuente de los microcontaminantes y del interés general asociado a la protección de las aguas y de la salud pública.

Igualmente señalan que, en el caso español, "no deberían exigirse contribuciones por costes operativos de tratamiento cuaternario hasta que las instalaciones estén efectivamente operativas y se haya certificado su funcionamiento, rendimiento y coste neto eficiente. En relación con los costes de inversión, cualquier contribución anticipada debería estar vinculada a planes aprobados, hitos verificables, auditoría independiente, trazabilidad finalista y mecanismos de regularización, compensación o devolución si la infraestructura no entra en funcionamiento, no alcanza los rendimientos previstos o los costes reales resultan inferiores". 

Finalmente, el documento conjunto remarcó que España parte de una situación de incumplimientos relevantes en materia de saneamiento, con diversas condenas por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La implantación del tratamiento cuaternario se concentra hoy en experiencias piloto y un número muy reducido de plantas. Por este motivo, exigieron que la imputación de costes quede condicionada a una prestación real, medible y auditada, de modo que no se reclamen contribuciones operativas hasta que las instalaciones estén efectivamente operativas y certificadas.

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