El Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (SNS-O) ha aprobado la resolución por la que se autoriza la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a facilitar la adherencia a los tratamientos médicos sujetos a financiación pública. La medida se dirige a cubrir las prescripciones realizadas por el personal del Sistema Nacional de Salud durante el periodo comprendido entre el uno de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
Para atender los compromisos derivados de esta convocatoria, la Administración foral autorizó un gasto total de 192.319 euros. Esta cantidad se imputará a la partida denominada 'Prestaciones farmacéuticas-regulación copago' del presupuesto de gastos del año 2026. El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de evaluación individualizada, siguiendo las directrices de la normativa foral de subvenciones.
El objeto principal de la convocatoria consiste en sufragar los gastos en medicamentos derivados de los tratamientos prescritos por el facultativo del SNS-O o de cualquiera de los servicios de salud pertenecientes al Sistema Nacional de Salud. La finalidad institucional busca evitar situaciones de falta de seguimiento óptimo o abandono de las prescripciones debido a condicionantes económicos o de exclusión social.
Las ayudas se dirigen a las personas residentes en la Comunidad Foral de Navarra que tengan la condición de aseguradas activas o beneficiarias con rentas inferiores a 18.000 euros anuales, calculadas según la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2024. Asimismo, la medida abarca a los titulares o beneficiarios de la prestación farmacéutica con cargo a fondos públicos que cumplan el mismo límite de renta, además del colectivo de mutualistas de Muface, Mugeju e Isfas que haya optado por la asistencia sanitaria a través de la sanidad pública foral.
Cálculo de las aportaciones y límites
La cuantía de las prestaciones se determinará restando 2,60 euros al importe efectivamente pagado mensualmente en concepto de prestación farmacéutica para aquellos usuarios con rentas iguales o inferiores a 6.000 euros anuales. En el caso de las rentas superiores a 6.000 euros e inferiores a 18.000 euros, la ayuda será la resultante de restar 8,23 euros al pago mensual abonado por el beneficiario.
El abono económico se estructurará en dos fases durante el año. En el mes de septiembre se efectuará un pago correspondiente a las solicitudes rescatadas de la convocatoria anterior. El resto de las peticiones aprobadas se liquidará en un segundo pago durante el mes de diciembre.
El periodo subvencionable concluye con carácter general el 30 de septiembre de 2026. No obstante, las bases determinan que la fecha final vendrá fijada por el momento en que comiencen a aplicarse las medidas del Real Decreto-ley 11/2026, de 12 de mayo, si esta norma entrase en vigor antes del plazo previsto. Los gastos generados tras dicha aplicación legal no se incluirán en el cálculo de las subvenciones.
El plazo para la presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Navarra y permanecerá abierto hasta el 30 de septiembre de 2026. Las peticiones se tramitarán preferentemente de forma telemática a través de la Carpeta Personal de Salud o el catálogo web del Gobierno de Navarra, además de los centros de salud habituales y los registros oficiales habilitados. El órgano instructor resolverá las solicitudes en un plazo máximo de tres meses desde la finalización del periodo de presentación.



Lilisbeth Perestelo: