El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJE) ha igualado a los farmacéuticos de oficina de farmacia (OF) y los de un hospital privado en cuanto a los méritos para acceder a una plaza de trabajo en el ámbito público y ha anulado la convocatoria de empleo público afectada.
El Colegio Oficial de Farmacéuticos de Badajoz presentó un recurso contra la resolución del Servicio Extremeño de Salud que valoraba, de cara a la cobertura de una plaza de farmacéutico de Atención Primaria, los servicios prestados en hospitales privados, mientras que no hacía lo mismo con los servicios prestados en una oficina de farmacia.
El recurso fue aceptado en primera instancia y ahora, el TSJE confirma dicha resolución con lo que los méritos obtenidos por servicios en farmacias comunitarias computarían igual que los méritos por trabajos en Servicios de Farmacia de hospitales privados. De este modo, el tribunal aplica la reiterada jurisprudencia existente sobre el principio de igualdad de acceso a la función pública o los de mérito y capacidad.
La sentencia deja claro que no se puede entender “sin llegar a pensar que existe una discriminación no justificada” que un farmacéutico de oficina de farmacia privada no pueda ser valorado, mientras que uno de hospital privado sí. Según indica la sentencia, "se deben argumentar los motivos para excluir a determinados profesionales o no valorarles ningún mérito si, en realidad, desempeñan funciones similares o poseen los mismos conocimientos y preparación", por lo que continúa, "no basta ampararse en un pacto" cuando este limita el principio de igualdad.