El consejero de Sanidad de Castilla-La Mancha, Jesús Fernández, ha aprovechado su intervención en el el II Foro de la Asociación de Castilla-La Mancha de Residencias y Servicios de Atención a los Mayores (Acescam) para hacer referencia al impulso de un nuevo modelo de prestación y atención farmacéutica a residencias en esta comunidad autónoma, para lo que se aprobará un nuevo Decreto. El objetivo, aseguran desde la Consejería, es "que vea la luz en este 2020".
Así, según una nota de la Consejería de Sanidad, Fernández se habría referido explícitamente a un borrador del Decreto de asistencia farmacéutica en centros sociosanitarios, que servirá para desarrollar la Ley de Ordenación Farmacéutica y para adecuar el marco normativo regional "a la legislación estatal".
"El objetivo del proyecto del Decreto es garantizar una asistencia farmacéutica adecuada y de calidad a los residentes en estos centros y generar un modelo de atención farmacéutica que además sea homogéneo para el conjunto de residentes de las residencias de Castilla-La Mancha", explican desde el Departamento de Sanidad.
Cabe recordar, al respecto del futuro Decreto, la información que ofreció Diariofarma, en abril de 2017, sobre las intenciones del Gobierno de Castilla-La Mancha de regular la prestación a residencias. Carmen Encinas, jefa del Área de Farmacia del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, informaba de los trabajos liderados por la Dirección General de Planificación y Ordenación Farmacéutica (cargo que ejerce actualmente, desde su nombramiento en julio de 2019), para adoptar un nuevo marco que sirviera para dar "uniformidad" al modelo. Se planteaban por aquel entonces que fuera un modelo "colaborativo", que incluyera "tanto a la farmacia comunitaria, como a los servicios de Farmacia de hospital y de Atención Primaria". Y eso, precisamente, hacía a Encinas presagiar un proceso fuera lento. Tanto que, dos años después, el proyecto se sigue ultimando.
El modelo actual
En principio, el modelo de prestación farmacéutica a residencias que regiría en Castilla-La Mancha es el derivado de la Ley 5/2005 de Ordenación del Servicio Farmacéutico, que solo exigía que los centros sociosanitarios cuenten con Servicio de Farmacia o con un depósito de medicamentos, sin especificar más condiciones, aunque ésta fue modificada por la Ley 2/2015, de 19 de febrero, que establece, en línea con la normativa estatal, que los centros sociosanitarios que dispongan de 100 camas o más cuenten con un Servicio de Farmacia propio, aunque también podrán disponer de un depósito de medicamentos vinculado a un Servicio de Farmacia de un hospital de la red pública. Los de menos de 100 camas que no tengan Servicio de Farmacia deberán contar con un depósito vinculado, o bien a un Servicio de Farmacia, o bien una oficina de farmacia de la misma zona farmacéutica.
Esta Ley de 2015 indica la necesidad de reglamentar el procedimiento de vinculación, el número máximo de depósitos a atender desde una oficina de farmacia y el periodo máximo de vinculación, así como el régimen de asistencia farmacéutica, las funciones del farmacéutico responsable y los requisitos técnico-sanitarios para su autorización, y eso es, precisamente, lo que deberá concretar la Dirección General con este nuevo Decreto.