"Sabemos que hay países en Europa que se fijan en otros para modificar el precio asignado a los medicamentos, pero eso no puede ser un obstáculo para hacer público el precio de las adjudicaciones que realizamos a través de los acuerdos marco, ya que estamos hablando de dinero público, por lo que habrá que buscar soluciones a ese problema. Además, pensamos que el hecho de que lo hagamos público no debería limitar la concurrencia". Así se expresó el director de Ingesa, José Julián Díaz Melguizo, en el debate sobre la transparencia en el precio de los medicamentos que se abrió en la mesa sobre contratación pública celebrada en el marco del XXIII Congreso Nacional de Derecho Sanitario.
Su argumento se vio reforzado además por la intervención de César Tolosa Tribiño, magistrado de la Sala 3 del Tribunal Supremo, quien hizo referencia al marco regulatorio europeo y la jurisprudencia generada, que establece que la transparencia es uno de los principios irrenunciables de la contratación pública. "El sentido de la transparencia es evitar irregularidades en las prácticas de contratación que realizan las administraciones y las cuestiones relacionadas con el precio, elemento nuclear de dicha contratación, no pueden sustraerse a este principio", declaró a Diariofarma.
Estas reflexiones sirvieron para dar respuesta a la preocupación mostrada por la responsable jurídica de Farmaindustria, Lourdes Fraguas, con respecto a la confidencialidad de los precios unitarios de adjudicación. "Para nosotros es fundamental. La confidencialidad es lo único que garantizaría la concurrencia, ya que algunas empresas pueden no presentarse por miedo a la traslación del precio de licitación a otros países", explicó.
Impacto en el retorno a la inversión
Para completar su argumentación, Fraguas recordó que el precio que se alcanza en los procedimientos de compra centralizada supone una reducción del fijado previamente por el Ministerio de Sanidad, Servicios e Igualdad, y que las compañías pueden sufrir perjuicios comerciales adicionales cuando se publica si eso sirve para la bajada de precios en otros países. "En esos casos se puede reducir considerablemente el retorno a la inversión, por eso defendemos la confidencialidad", subrayó.
Además del precio, se puso encima de la mesa la cuestión de la inseguridad jurídica que se deriva de la multiplicidad de organismos de contratación y tribunales que hacen interpretación de las normas existentes, que incluso se habría saldado con un toque de atención por parte del Consejo Europeo, como recordó Fraguas. En este sentido, pidió "el fin de la disparidad" que ahora se dan en cuestiones como la fijación de los lotes (sujetos o no a las condiciones de prescripción) o de los criterios de adjudicación, en los que a veces se da más valor al factor precio.
Interpretaciones contradictorias
A este respecto, el magistrado del Tribunal Supremo reconoció la existencia de esa disparidad y mostró su comprensión ante las quejas que eso genera por parte de la industria y de otros agentes sociales, señalando algunas resoluciones contradictorias entre tribunales de distintas jurisdicciones en torno a ambas cuestiones (formación de lotes y fijación de criterios de adjudicación). Para resolver esos conflictos, "las partes tienen ahora la posibilidad de presentar recursos ante la Sala 3 del Tribunal Supremo, a la que le ha sido encargada la resolución de estas contradicciones", recordó.
Por su parte, Díaz Melguizo defendió, en este sentido, la aportación de los ocho acuerdos marco para la adquisición centralizada de medicamentos que se han firmado desde 2012 con un montante de 2.600 millones de euros, "en lo que tiene que ver con la armonización y la seguridad jurídica, a la vez que contribuyen a la eficiencia por generación de economías de escala".