El Gobierno ha convocado una nueva edición del programa Profarma para los años 2017-2020, dando continuidad, de este modo, a un proyecto que impulsa la competitividad de las compañías farmacéuticas afincadas en España al tiempo que les ofrece beneficios fiscales, en forma de reducción de las aportaciones por ventas al SNS, como incentivo adicional.
Las bases de la convocatoria, publicadas en el Boletín Oficial del Estado este miércoles, son idénticas a las de la convocatoria anterior con la salvedad de los cambios de denominación de los departamentos ministeriales implicados. De este modo, los elementos a evaluar serán los mismos que en la anterior edición y estarán divididos en recursos y resultados de ámbitos de investigación, producción, empleo y exportaciones.
El Ministerio de Economía, responsable de la gestión de este programa ha actualizado también los objetivos a lograr por el conjunto de empresas participantes. Se trata de objetivos que están bastante más realistas que los que se propusieron en la edición anterior y parten de la situación registrada en la última edición incrementándole un poco el objetivo de cada uno de los apartados. De este modo, por ejemplo, las empresas Profarma gastaron en I+D+i en 2016 1.038 millones de euros, siendo el objetivo para 2017 de 1.100 millones. En empleo en I+D+i pasa algo similar ya que se pide pasar de los 4.178 investigadores de 2016 a 4.250 en 2017.
Uno de los objetivos que podría estar lejos de ser conseguido es el referido a los gastos corrientes en I+D+i como porcentaje de ventas al SNS. En esta nueva convocatoria se plantea como objetivo en 2017 el 15%, cifra muy alejada del 9,5% registrada en 2016.
La presentación de solicitudes y documentación, que solo podrá ser digital, se iniciará en la convocatoria de 2017 el día 2 de octubre y finalizará el día 15 de noviembre. Para la convocatoria 2018 las solicitudes se presentarán desde el 16 de mayo hasta el 6 de julio inclusive. Para las convocatorias 2019 y 2020 las solicitudes se presentarán desde el día 1 de abril hasta el 29 de mayo inclusive, del respectivo año.
Cabe señalar que la documentación aportada por las compañías deberá estar soportada documentalmente y que los miembros del Comité Técnico podrá requerir los justificantes oportunos. Además, “cuando las circunstancias lo aconsejen, la Secretaría efectuará comprobaciones sobre una muestra aleatoria de las empresas presentadas a fin de acreditar la veracidad de los datos reflejados en el cuestionario”.