Las enfermeras representadas bajo la Federación de Sanidad del sindicato Comisiones Obreras (CCOO) han levantado su voz en contra de la publicación del RD 1302/2018 por el que se modifica el RD 954/2015 de prescripción enfermera. Un término, dicen, mal empleado , "por inexistente". Y es que, opinan, solo sirve para "solucionar algunas cuestiones, entre otras, garantizar la cuestionada seguridad jurídica en la administración de las vacunas del calendario", lo que relacionan expresamente con el comienzo de la campaña de vacunación y la intención del Ministerio de "evitar nuevamente el conflicto".
Para este sindicato, la solución a este problema competencia pasa "por la modificación de la Ley 29/2006 de Garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios y la 44/2003 de Ordenación de las profesiones sanitarias". Sobre esa base, dicen, se tendría que "abrir un proceso negociador, democrático y representativo, que desarrolle una nueva normativa sobre prescripción enfermera en la que quepa tanto la prescripción colaborativa como la autónoma", una opción que, en opinión de este sindicato, habría quedado avalada con experiencias de "países avanzados de nuestro entorno donde ya funciona desde hace años sin ningún tipo de problemas administrativos ni corporativos".
Para las enfermeras de CCOO, "el Real Decreto nace muerto", ya que consideran que "no va a ser posible que la organización médica colegial y el colegio de Enfermería sean capaces de ponerse de acuerdo para seguir desarrollando protocolos sobre prescripción enfermera, como sí ocurre en otros ámbitos donde quienes participan en este desarrollo son las sociedades científicas".
En lo que respecta a la preparación del colectivo de Enfermería para realizar estas prescripciones, señalan que el Grado para la obtención de esta titulación sanitaria cuenta "con más créditos en Farmacología Clínica que otros profesionales que sí están autorizados", una afirmación que presumiblemente haría referencia a la potestad prescriptora que confiere la Ley de Garantías y uso racional a odontólogos y podólogos, y que le niega a los enfermeros, a los que solo se le reconocen competencias para la indicación.