La puesta en marcha de la verificación unitaria de medicamentos en cumplimiento de la Directiva de antifalsificación de medicamentos y el Reglamento Delegado, puede ser utilizada para otras muchas cuestiones que modernizarán la gestión de la prestación farmacéutica. Una de ellas, muy clara, es la facturación directa al Sistema Nacional de Salud sin necesidad de recortar el cupón precinto como prueba de dispensación. La anulación de un código y su vinculación a una prescripción del SNS justifica de forma indudable la dispensación de un medicamento a cargo del SNS.
Por ese motivo, la industria había solicitado a Sanidad que incluyera, en la normativa que iba desarrollar para el sistema de verificación, la regulación que debiera servir de guía para la eliminación del cupón precinto. No obstante, el departamento de María Luisa Carcedo ha rechazado utilizar para este fin la modificación del Real Decreto 1345/2007 que está actualmente en tramitación para adaptar a nuestro país a la verificación. El Ministerio remite a la promulgación del Real Decreto de precio y financiación de los medicamentos que "habrá en algún momento", según las respuestas a las reclamaciones de los agentes que realizaron en la fase de audiencia pública previa y que se recogen en la memoria del proyecto de real decreto.
Deducciones del 7,5% y marcas paraguas
Sanidad también rechaza regular ahora el procedimiento de pagos entre los agentes del sector para la recolección de los fondos procedentes de las deducciones del 7,5% establecidas en el Real Decreto-ley 8/2010, así como las de los precios notificados en oficina de farmacia. Esta solicitud había sido realizada tanto por Farmaindustria como por Sevem.
Del mismo, Sanidad no ve oportuno en este momento abordar ahora la eliminación de las restricciones a las marcas paraguas. Farmaindustria, Bayer y la Asociación para el Autocuidado de la Salud (Anefp) habían solicitado la eliminación de la letra d del apartado 3 del artículo 35 del RD 1345/2007, con lo que "se permitiría el uso de la misma marca para medicamentos con receta y sin receta", explica Anefp.
La respuesta obtenida es que "se considera que es un cambio que requiere ser consensuado con la Dirección General de Cartera Básica de Servicios y Farmacia" y la modificación de este real decreto está impulsada por la Aemps. Por ese motivo, también trasladan el posible cambio al futuro real decreto de precios.