La Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos (CIPM) será la encargada de establecer el precio de las mascarillas higiénicas, antisépticos y otros productos necesarios para minimizar el riesgo de propagación del covid-19.
Así lo establece una orden ministerial publicada este domingo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que señala el procedimiento para que la CIPM se reúna en las próximas 48 horas para establecer estos precios intervenidos.
Este proceso de fijación de precios será iniciado por la Dirección General de Cartera Común del SNS y Farmacia, que deberá presentar una propuesta de PVP máximo para los productos afectados que se verá en la citada CIPM. El acuerdo que se alcance será notificado y, en su caso, publicado en el Boletín Oficial del Estado, junto a cuantas diligencias sean precisas para verificar tales actos de comunicación.
El objetivo, según la exposición de motivos es “establecer las garantías suficientes para que los ciudadanos puedan acceder, de forma informada y en condiciones económicas no abusivas, a determinados productos de protección frente al contagio del covid-19”.
El establecimiento de precios regulados afectará, por un lado a “productos sanitarios, como son las mascarillas quirúrgicas y los guantes de nitrilo y otros productos sanitarios que se consideren imprescindibles para minimizar el riesgo de propagación del covid-19 entre las personas, debiendo ser determinados estos últimos mediante Resolución de la persona titular de la Secretaría General de Sanidad”.
Por otro, los “productos necesarios para la protección de la salud poblacional, entendiendo como tales aquellos que, sin revestir la condición de medicamento ni producto sanitario, se consideran imprescindibles para minimizar el riesgo de propagación del covid-19 entre las personas”. Entre estas se cita las mascarillas higiénicas, reutilizables o no; los antisépticos en piel sana u otros productos que se consideren imprescindibles para minimizar el riesgo de propagación del covid-19 entre las personas, y que se determinen mediante Resolución de la persona titular de la Secretaría General de Sanidad.
Además, la orden ministerial regula las obligaciones de información para el consumidor de mascarillas higiénicas, así como las instrucciones de uso y folletos. También se establecen otras actuaciones en relación al cumplimiento y control de estos productos.