Política

El Supremo ve legal la resolución de Sanidad que sacó DH de la farmacia

El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en la que avalaba la legalidad de la resolución de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia (DGCBS) de 10 de septiembre de 2013, que modifica las condiciones de financiación de los medicamentos incluidos en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud mediante la asignación de aportación de usuario.

Esta resolución incluyó un listado de medicamentos que pasaban a ser dispensados de forma exclusiva en las farmacias hospitalarias y, de acuerdo a lo establecido entonces en la Ley de Garantías, tras el Real Decreto-ley 16/2012, se concretó una aportación reducida del usuario para esos medicamentos.

La resolución fue recurrida por los Gobiernos de Canarias y País Vasco por cuestiones formales principalmente. Argumentaban que el Ministerio de Sanidad  no había seguido el procedimiento administrativo necesario para su elaboración al entender que innovaba reglamentariamente, por lo que habría sido necesario un periodo de audiencia a los interesados.

Finalmente, el Supremo ha entendido que la resolución era un acto administrativo que concretaba lo establecido en la normativa legal y que la DGCBS puede asignar, por resolución, la aportación reducida a determinados medicamentos que cumplan unos criterios establecidos reglamentariamente, así como restringir al hospital su dispensación, puesto que “la totalidad de los elementos que tiene en cuenta la repetida resolución (prestación farmacéutica ambulatoria, aportaciones de los usuarios, grupos 6 de aportación reducida, porcentajes o cuantías de aportación) están ya concretados en la ley 29/2006 y en las disposiciones reglamentarias que la desarrollan”.

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