Profesión

El COF de Las Palmas explica a sus colegiados los cambios normativos que afectan a las ortoprótesis

Con la Orden SCB/45/2019 se ha actualizado el catálogo común de sillas de ruedas, ortesis y ortoprótesis especiales y se han fijado los importes máximos de financiación de cada tipo de producto cuando se dispensan a usuarios del Sistema Nacional de Salud, entre otras medidas.
Imagen de la charla sobre los cambios normativos que afectan a la dispensación de ortoprótesis en la farmacia.

La vocal de Ortopedia del COF de Las Palmas, María Eugenia Pérez, impartió una charla en el Aula de Formación del Colegio relacionada con la dispensación en farmacia de productos de ortopedia financiados, en la que explicó los cambios en la normas por las que se crea un catálogo único de ortopedia.

Las principales novedades de la nueva regulación serían la fijación de importes máximos de financiación; la introducción de un nuevo sistema de codificación y precio identificativo; la indicación del grado de complejidad de la adaptación, vida media del producto y aportación a realizar por el usuario, y los requisitos necesarios a incluir en la prescripción de un producto ortoprotésico.

Como explicó Pérez, los cambios se han fijado en la Orden SCB/45/2019, de 22 de enero, por la que se modifica el anexo VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, que establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud (SNS) y el procedimiento para su actualización, se regula el procedimiento de inclusión, alteración y exclusión de la oferta de productos ortoprotésicos y se determinan los coeficientes de corrección.

En concreto, la nueva regulación actualiza el catálogo común de sillas de ruedas, ortesis y ortoprótesis especiales; fija los importes máximos de financiación de cada tipo de producto cuando se dispensan a usuarios del Sistema Nacional de Salud; señala los coeficientes de corrección que permiten calcular los precios de Oferta para determinar el precio final de facturación definitiva de los productos ortoprotésicos a los responsables de prestación ortoprotésica, tanto cuando se abonan directamente a los establecimientos dispensadores, como cuando se reintegra el correspondiente gasto a los usuarios, y regula el procedimiento de inclusión, alteración de las condiciones de uso y exclusión de la Oferta de productos ortoprotésicos del Sistema Nacional de Salud para las ortoprótesis externas.

La vocal de Ortopedia ofreció a los asistentes la infografía de la Vocalía Nacional de Ortopedia en la que se detallan las principales novedades de la Orden.

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