Política

La SEFH aconseja no forzar a la baja el precio en los concursos de compra para evitar que queden desiertos

La SEFH ha elaborado una Guía de Compra Pública de Medicamentos para las Farmacias Hospitalarias en la que da una serie de consejos y pautas para mejorar la contratación pública de medicamentos.
Miguel Ángel Calleja, Yolanda Puiggròs y José Luis Poveda

La Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria (SEFH) no aconseja fijar como precios máximos de licitación aquéllos que se hayan conseguido en anteriores concursos ya que es elevado el riesgo de que queden desiertos. Así lo explica la SEFH en una Guía de Compra Pública de Medicamentos para las Farmacias Hospitalarias que ha elaborado con el objetivo de “aportar instrumentos prácticos y de utilidad que contribuyan a facilitar el desempeño de las tareas del farmacéutico de hospital en la gestión de su área”.

En el capítulo de recomendaciones en relación con el precio unitario base para la licitación, la Guían plantea cuatro posibles escenarios de los que solo dos consiguen evitar el riesgo de que el concurso quede desierto con los graves problemas que eso acarreraría. En concreto, la SEFH recomienda que los concursos se realicen a precio industrial (PVL), que permite una máxima concurrencia o, como mínimo el precio de compra obtenido hasta el momento, más un incremento que permitan compensar posibles incrementos de costes del laboratorio adjudicatario.

La utilización del mismo precio al que se está comprando “es la causa de gran parte de las licitaciones de suministro de medicamentos declaradas desiertas”, explica la SEFH

La guía, que ha sido coordinada por José Luis Poveda, Jefe de Servicio de Farmacia del Hospital Universitario y Politécnico La Fe de Valencia, y Yolanda Puiggròs, socia responsable del ámbito de asesoramiento al sector sanitario y farmacéutico del despacho de abogados Roca Junyent, refleja que “con más de 20 años desde la aplicación de la legislación de contratos del sector público a los hospitales, los laboratorios llevan años rebajando precios, de manera que en algún momento algunos medicamentos llegarán a su límite y no podrán continuar ofertando rebajas”.

La utilización del mismo precio al que se está comprando “es la causa de gran parte de las licitaciones de suministro de medicamentos declaradas desiertas”, explica la SEFH. Igualmente, utilizar precios unitarios de otras comunidades también puede desencadenar en licitaciones desiertas ya que las condiciones en uno y otro mercado pueden ser diferentes.

Biosimilares, acuerdos de riesgos compartido y techos de gasto

Los biosimilares también se abordan en la guía, que recoge diferentes pronunciamientos contradictorios del Tribunal Supremo y los Tribunales Administrativos. Además, recoge la reciente nota informativa de la Agencia Española de Medicamentos en relación a la sustitución de medicamentos, que afectaba a los biológicos. La recomendación de la SEFH es que se oferten varios lotes ya que “que, si se articula un lote con diferentes principios activos y un solo adjudicatario, existe el riesgo de que los pliegos sean objeto de recurso”.

La guía también aborda la contratación pública en los Acuerdos de Riesgo Compartido o con los techos de gasto e incluye un anexo con modelos y ejemplos de pliegos de distintos tipos de licitaciones que pueden ser tomados como base por los farmacéuticos hospitalarios.

El presidente de la SEFH, Miguel Ángel Calleja, ha asegurado que esta guía es “muy práctica e incluye aspectos clave como el diálogo competitivo y la asociación para la innovación además del papel que debe tener el FH, algo que en este aspecto es vital. También es importante la posibilidad de aplicación de la gestión de acuerdos de riesgo compartido en su modalidad de pago por resultados en el ámbito del medicamento”.

Por su parte, Poveda ha adelantado que, “el documento recoge las posibilidades existentes a fecha de hoy con el texto legal en vigor, las cuestiones suscitadas respecto de las dudas interpretativas de algunos elementos, los pronunciamientos más relevantes hasta la fecha de juntas consultivas, tribunales de recursos contractuales y hasta del Tribunal Supremo, y una serie de anexos con modelos de documentos (certificados, pliegos, cláusulas, criterios de adjudicación) que pretenden servir de utilidad al farmacéutico hospitalario en el día a día de la contratación pública”.

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