Opinión

Renta 2018 en oficina de farmacia

Artículo de opinión de Idoia Calle Saez de Buruaga, asesora Fiscal y Contable de CofmS31, sobre la declaración de la Renta

Artículo de opinión de Idoia Calle Saez de Buruaga, asesora Fiscal y Contable de CofmS31 

Idoia Calle Saez de Buruaga, asesora Fiscal y Contable de CofmS31 

El pasado 2 de abril, la Agencia Tributaria comenzó la campaña de la Renta 2018, y con él se abrió el plazo para hacer y presentar la declaración, un periodo que concluirá el próximo 1 de julio. Aunque no existen cambios significativos que afecten de manera específica a las oficinas de farmacia, es conveniente tener en cuenta las novedades para el ejercicio fiscal 2018 en materia de IRPF para obtener una menor factura fiscal.

Una novedad importante es el nuevo tratamiento de la prestación por maternidad y paternidad, motivada por la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en octubre de 2018. Para la declaración de la Renta del 2018, se declaran exentas de tributar las reconocidas a los profesionales por las mutualidades de previsión social que actúen como alternativas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), y las retribuciones percibidas durante los permiso por parte, adopción o guarda y paternidad de los empleados públicos encuadrados en un régimen de la Seguridad Social que no dé derecho a percibir la prestación de la Seguridad Social.

Además, con efectos desde el 1 de enero de 2018, se incrementa en 1.000 euros la deducción por maternidad-adicionales a los 1.200 euros anuales en vigor- cuando el contribuyente que tenga derecho a ésta satisfaga gastos de custodia en guardería o centros de educación infantil autorizados por hijo menor de tres años. Asimismo, con efectos desde 5 de julio de 2018, se incrementa el importe de la deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo, hasta en 600 euros anuales por cada hijo a partir del cuarto para la categoría general o del sexto para la categoría especial. En el 2018, al aplicarse de agosto a diciembre, la deducción máxima será de 250 euros.

Otra novedad es la aplicación, desde el 5 de julio de 2018, de una deducción por cónyuge con discapacidad a cargo de 1.200 euros anuales (100 euros al mes), que en 2018 será una deducción máxima de 500 euros por ser de agosto a diciembre. Igualmente, podemos señalar que, para los que hayan resultado agraciados con algún premio desde el 5 de julio de 2018, están exentos aquellos cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 10.000 euros. Los premios con importe superior se someterán a tributación respecto de la parte del mismo que exceda de dicho importe.

Otra de las principales novedades que nos trae el nuevo texto legal es el incremento de la cantidad mínima exenta de declarar, de manera que los trabajadores que hayan obtenido rentas anuales inferiores a 14.000 euros de más de un pagador no estarán obligados a declarar. Dado que esta normativa tiene efectos desde el 5 de julio de 2018, para este ejercicio fiscal el límite señalado anteriormente será de 12.643 euros.

De igual modo, creo que es relevante destacar que los rendimientos de capital inmobiliario de los alquileres turísticos no pueden aplicarse la reducción del 60%, por no satisfacer necesidad permanente de vivienda. Y, ante todo, es importante tener en cuenta la normativa de las comunidades autónomas, ya que cada una tiene sus propias deducciones en determinadas materias.

La campaña de la Renta 2018 también trae algunas novedades sobre cuestiones técnicas. Así, por ejemplo, para acceder a los datos fiscales del contribuyente se podrá utilizar el certificado electrónico, el sistema cl@ve PIN o Número de Referencia que se puede obtener introduciendo los datos del DNI, número y fecha de caducidad, así como la casilla 475 de la Renta de 2017.

Desde CofmS31, la sociedad mercantil del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid, recomendamos contar con el asesoramiento de expertos fiscales para tener la tranquilidad que se cumple con nuestras obligaciones fiscales y, al mismo tiempo, se hace de la manera más beneficiosa para el contribuyente.

 


Idoia Calle Saez de Buruaga es asesora Fiscal y Contable de CofmS31

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