Profesión

Martínez del Peral, González y Sanz piden un arbitraje independiente sobre el voto por correo del COFM

Las candidaturas lideradas por Manuel Martínez del Peral, Mercedes González y Luz Sanz han presentado un escrito ante la mesa electoral del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid (COFM) en el que reclaman un “dictamen jurídico sobre la normativa del voto por correo”
Fachada del Colegio Oficial de Médicos de Madrid.

Las candidaturas lideradas por Manuel Martínez del Peral, Mercedes González y Luz Sanz han presentado un escrito ante la mesa electoral del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid (COFM) en el que reclaman un “dictamen jurídico sobre la normativa del voto por correo”.

La solicitud llega un día después de que las tres candidaturas hayan presentado ante la mesa un informe jurídico sobre la “falta de adecuación a la normativa electoral del COFM de la presentación reiterada para la entrega por terceros del voto por correo ante las oficinas de Correos” elaborado por el despacho JGP abogados y firmado por Íñigo Martínez de Pisón, profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense.

Las tres candidaturas, “ante las dudas que suscita el procedimiento sobre el voto por correo” en las elecciones al COFM, han reclamado de la mesa electoral “recabar un dictamen jurídico vinculante” de un despacho de reconocido prestigio. Estas tres candidaturas se comprometen a “asumir las conclusiones de dicho dictamen en aras a facilitar un proceso electoral transparente y evitar la judicialización de las elecciones”.

Según explican desde estas candidaturas, habrían invitado también a la de Rosalía Gozalo a compartir esta misma postura, “sin que hasta este momento se conozca” la misma.

Manuel Martínez del Peral, explica que los que proponen es un arbitraje que sería que todos “aceptemos las reglas del juego en materia de voto por correo ya que el procedimiento presenta deficiencias y no ofrece las garantías suficientes para asegurar un proceso electoral limpio”. Además, el candidato explica que “a la vista de los resultados y si el voto por correo es de tal magnitud que da un vuelco a las elecciones”, podrían iniciar acciones legales.  

El candidato explica a Diariofarma que “lo ideal” sería que las cuatro candidaturas aceptasen que un experto fije las normas del voto por correo y que estas sean aceptadas por todas ellas. El voto por correo retrasaría su escrutinio durante unos días para dar posibilidad a la elaboración de dicho informe. Pero lo ve difícil ya que según indica, la candidatura de Rosalía Gozalo no se habría pronunciado al respecto.

Igualmente, Martínez del Peral se compromete a que si ganara las elecciones cambiaría el procedimiento para que el reglamento del voto por correo “sea exactamente igual al de las elecciones generales. Hay que evitar que se puedan producir delegaciones ni una entrega múltiple de voto”.

Luz Sanz ha explicado a Diariofarma que su interés ha sido siempre defender y velar por “un proceso democrático limpio” y que las acciones jurídicas solicitadas “no tienen como objeto la crispación entre los colegiados, si no de asegurar que el nuevo mandato de la junta del COFM cuente con la fuerza necesaria para que juntos abordemos los retos que tenemos por delante”.

Según esta farmacéutica, es necesario “velar por la buena imagen y el prestigio de nuestro colegio” y, además, Sanz pone el acento en que la candidatura ganadora “necesita una base democrática sólida y legitimada”.

Por su parte, la candidatura de Rosalía Gozalo ha explicado durante la tarde del viernes que “se muestra respetuosa con la mesa electoral y confía en que velará por un proceso electoral transparente y en el marco de la legalidad, como lo ha hecho siempre”. Además, ha solicitado al resto de candidaturas “que se abstengan de efectuar denuncias o manifestaciones que puedan afectar a la viabilidad del proceso electoral”.

La clave, en la reiteración

El informe presentado pone el acento en la reiteración de una entrega a terceros de los votos para su envío a las oficinas de Correos, algo que para el jurista responde a la “la necesidad de garantizar que el elector realmente ejerce su derecho de sufragio libremente sin que su voluntad pueda ser alterada o sustituida por otros”. Este experto considera que las normas establecidas son válidas y no conculcan los principios y garantías de autenticidad y seguridad si se produce una colaboración de un modo “singular y aislado”, pero en caso de “reiteración de esa actuación en sustitución de los electores sí puede poner en evidencia la quiebra de esos principios y, por tanto, el carácter viciado del voto finalmente recibido en el COF”.

El escrito recuerda que artículo 26.6 del Reglamento, “cuando establece la posibilidad de que sea un tercero quien solicite en nombre de un elector el voto por correo de modo presencial, limita esa posibilidad a un solo colegiado elector”.

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