Tras conocer las dos sentencias del Tribunal General de la UE sobre “la falta de transparencia” en los acuerdos de compra de vacunas frente a la covid-19, la Comisión Europea ha informado a través de una nota sobre su valoración de las sentencias. En ella el Ejecutivo de la UE anuncia que se “reserva sus opciones jurídicas” (las dos sentencias son en primer instancia y tienen derecho de apelación) y que “toma nota” de los dos asuntos relativos al acceso y al posible conflicto de intereses.
En términos generales, el Ejecutivo, aunque “estudiará detenidamente las sentencias y sus implicaciones”, también valora que el pronunciamiento del Tribunal “sigue a la Comisión en la mayoría de las reclamaciones”. En particular, la CE destaca que el pronunciamiento reconoce que la protección del interés comercial cubre las cláusulas de los contratos relativas a la ubicación de los sitios de producción; las disposiciones sobre derechos de propiedad intelectual; las disposiciones sobre pagos a cuenta o anticipos; el acceso a horarios de entrega.
Y destaca que solo ha estimado parcialmente el recurso en dos puntos. Por un lado ha dictaminado que la Comisión debería haber dado más explicaciones para justificar la denegación de acceso a determinadas disposiciones de los contratos. Y por otro, también ha dictaminado que la Comisión debería haber proporcionado los datos personales relacionados con los miembros de los equipos de negociación, compuestos por representantes de los Estados miembros y funcionarios de la Comisión.
“En general, la Comisión concede el acceso público más amplio posible a los documentos, de conformidad con los principios de apertura y transparencia”, asegura este organismo, si bien añade que “en estos casos, la Comisión necesitaba encontrar un difícil equilibrio entre el derecho del público, incluidos los eurodiputados, a la información, y los requisitos legales que emanan de los propios contratos covid-19, lo que podría dar lugar a reclamaciones por daños y perjuicios a costa de los contribuyentes”.
De hecho, asegura, “en muchos casos en el pasado, el Tribunal de Justicia ha reconocido la necesidad de proteger los intereses comerciales de un socio contractual”.
“En cualquier caso, la Comisión había proporcionado al Parlamento Europeo (en virtud del Acuerdo Marco sobre las relaciones entre las dos instituciones) información completa sobre los contratos de vacunas covid-19”, asegura el Ejecutivo europeo.
Para concluir en la nota, también indica que “la Comisión es responsable de garantizar la ausencia de cualquier conflicto de intereses y también tiene el deber de proteger la privacidad y los datos personales de las personas interesadas”.