Política

La CNMC rechaza equiparar los modelos de precio y medicamentos y productos sanitarios

La CNMC ha emitido un informe crítico sobre el proyecto de Real Decreto que regula la financiación de productos sanitarios. El organismo solicita una mayor justificación y transparencia en la fijación de márgenes y plantea la necesidad de revisar la equiparación con el régimen de medicamentos.

La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) ha criticado en un informe sobre el proyecto de Real Decreto de financiación selectiva de los productos sanitarios, que el modelo seguido suponga una “equiparación cuasi automática” con los medicamentos. La CNMC asegura que se ha obviado la “diferente naturaleza de los productos sanitarios, que en principio requerirían un régimen menos restrictivo que el aplicable a los medicamentos”.

De este modo, el organismo de competencia considera que sería recomendable que el real decreto “explicase de forma más precisa por qué está justificada esta equiparación desde la óptica de los principios de buena regulación”.

Además, la CNMC ha señalado que la fijación de márgenes para distribuidores y farmacias resulta “una restricción elevada a la actividad económica y que, especialmente para productos sanitarios, no parece completamente justificada, pues no permite a distribuidores ni a farmacias competir reduciendo precios o mejorando sus servicios”. Esta entidad consideraría más adecuado un sistema que dejase “cierto margen de actuación a las fuerzas de mercado” de manera que las diferentes empresas pudieran “diferenciarse en precios y en servicios, y que las oficinas de farmacia puedan prestar servicios adicionales y cobrar por ellos”.

En cuanto a las observaciones particulares, la CNMC también se ha fijado en los criterios para aprobar la inclusión de un producto sanitario en la prestación farmacéutica y el procedimiento de fijación de precios. En este sentido, el organismo reclama una “mayor concreción” de los criterios recogidos en la Ley de Garantías para que el proceso fuera “mucho más transparente, reglado y verificable, aportando además una mayor seguridad jurídica a los operadores”. Y, en relación con los márgenes de distribución (6%) y farmacia (21%), así como el margen fijo a partir del umbral de 59 euros, la CNMC estima que “no parece a priori justificado que se tomen de partida los márgenes que se han formado de manera espontánea en el mercado, puesto que el presupuesto subyacente de la intervención es que la misma es necesaria por el deficiente funcionamiento del mercado o para conseguir ciertos bienes de interés público”. Además, considera que los márgenes deberían considerarse como topes máximos, de manera que se pudieran ofertar a cuantías inferiores.

Por último, la CNMC insistiendo en argumentos históricos, planteó sus reticencias al modelo de farmacia y las restricciones regulatorias que afectan a las oficinas de farmacia en materia de ordenación, publicidad y limitación de venta de los productos farmacéuticos y sanitarios a las oficinas de farmacia.

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