Los precios notificados para medicamentos que se dispensen en farmacias comunitarias no se aplicarán hasta que no sea posible a los laboratorios farmacéuticos, a las entidades de distribución y a las oficinas de farmacia a través del Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (CGCOF), “aportar la información necesaria para hacer efectivo el reembolso debido por las oficinas de farmacia a laboratorios farmacéuticos y entidades de distribución en aquellos medicamentos que hayan sido dispensados fuera del Sistema Nacional de Salud”. Así lo recoge la disposición transitoria sexta del Proyecto de Real Decreto de Financiación y Precio de Medicamentos y Productos Sanitarios, al que ha tenido acceso Diariofarma.
De este modo, mientras que no sea posible realizar una trazabilidad por envase desde la industria farmacéutica a la oficina de Farmacia, para conocer a cargo de quién se ha realizado una dispensación, no sería posible tener esa información individualizada. Por ello, de momento no habrá doble precio en las farmacias comunitarias, diferente en función de si la dispensación es a cargo del Sistema Nacional de Salud o no, en la inmensa mayoría de medicamentos dispensados en Farmacia.
No obstante, hay una excepción. Se trata de los precios notificados que sí que se seguirán utilizando en las farmacias y que corresponden a los de los medicamentos desfinanciados en función del artículo 85ter de la Ley de Garantías y que conserven la financiación pública para determinados grupos poblacionales. En estos casos se mantendrá el sistema de compensaciones establecido y vigente actualmente.