Profesión

FEFE pide a Sanidad que exija el pago de las deducciones del RD 8/2010 a los laboratorios fuera de Farmaindustria 

Reclaman establecer “mediante una norma jurídica” el sistema para aplicar estas deducciones, para que “todos los agentes de la cadena del medicamento obligados a aplicarlas las asuman”
Fachada del Ministerio de Sanidad

La Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE) ha dirigido una carta a la ministra de Sanidad, Mónica García en la que pide adoptar las medidas administrativas precisas para exigir el pago de las deducciones sobre los medicamentos, impuestas por el Real decreto -ley 8/2010, a aquellos laboratorios que no las han aplicado y que “han tenido que soportar indebidamente las oficinas de farmacia”.

FEFE destaca en su carta que dicha norma de mayo del 2010 establece estas deducciones para toda la cadena del medicamento y denuncia que “determinados laboratorios, no adheridos a la patronal, no aplican esta deducción que tienen que asumir las oficinas de farmacia”.

Igualmente recuerdan que el 30 de julio de 2010 se suscribió un acuerdo entre el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (CGCOF), Farmaindustria y la Federación Española de Distribución Farmacéutica (FEDIFAR), que auspiciado por el Ministerio, establecía un sistema o procedimiento para aplicar las deducciones. El Tribunal Supremo  en su sentencia de 12 de junio de 2015 ha validado este acuerdo y declara nulas las cartas dirigidas por el director general de farmacia y productos sanitarios contra este acuerdo.

FEFE concluye en su misiva a la Ministra que “pasados ya casi diez años desde la publicación de la sentencia y resueltos los problemas sobre la trazabilidad y verificación de medicamentos (Nodo SNSfarma y NodoFarma), que ya no existen, ha llegado el momento de establecer mediante una norma jurídica el procedimiento o sistema para aplicar dichas deducciones de forma que todos y cada uno de los agentes de la cadena del medicamento obligados a aplicar las deducciones las asuman y participen en la cuantía que les corresponda, de manera que la Oficina de Farmacia sólo asuma lo que le corresponde sin adelantar ni verse perjudicada por ser el agente al que la propia Administración aplicar la deducción en su totalidad.”

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