Política

Madrid recurre la orden de Illa y la ve “nula” por la ausencia del consenso exigido en la regulación del CISNS

La Comunidad de Madrid basa su recurso a la orden comunicada en una cuestión de forma al no haberse alcanzado el consenso necesario en el CISNS y, por tanto, la orden del ministro Salvador Illa carece de valor por lo que estaría invadiendo competencias autonómicas.
Enrique López y Ruiz Escudero durante la rueda de prensa.

La Comunidad de Madrid ha presentado ya el recurso contra la orden comunicada del ministro de Sanidad, Salvador Illa, que le ha obligado a establecer diferentes medidas de confinamiento en diez municipios de la región, incluida la capital.

Para el consejero de Justicia, Interior y Víctimas del Terrorismo, Enrique López, que ha presentado las líneas generales del recurso junto al consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, “la declaración de actuaciones no ha sido debidamente adoptada por el CISNS, pues tal acuerdo requiere la existencia de consenso que no se ha producido”.

Este es un punto importante ya que la Comunidad de Madrid esgrime que el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) “no es una conferencia sectorial a la que se le aplique la Ley 40/2015” y no lo es “ni por su carácter ni por sus funciones”, señala el consejero de Interior. Según López, el CISNS es un “órgano de constitución obligatoria y no voluntaria” como sucede con las conferencias sectoriales. “La creación del Consejo Interterritorial, integrado en el Sistema Nacional de Salud, tiene un origen legal, ajeno al acuerdo de las partes, lo que se manifiesta en un régimen legal propio y específico al que se somete en su regulación”, explica el recurso presentado. Una regulación que exige el consenso para la toma de decisiones.

Esta es la clave ya que el recurso centra su argumentación, más allá de las implicaciones de las instrucciones contenidas en la orden de Illa, en que esta es “nula por razones de forma” por no haber alcanzado un consenso en la reunión del CISNS. Según López, el recurso no es “contra el funcionamiento del Estado de Derecho ni para saltarse las leyes. Es un recurso para proteger el Estado de Derecho y defender nuestro autogobierno y nuestras competencias, pero sobre todo para proteger mejor la salud de los madrileños porque creemos que tenemos más razón que el Gobierno”.

Necesidad de consenso

Según el recurso presentado, la regulación del CISNS vendría establecido por la Ley 16/2003 que el Gobierno intentó reformar con el decreto-ley de nueva normalidad el artículo 73 de esta norma, si bien finalmente no lo hizo. Por ello, según el escrito remitido al juzgado, afirman que “hay plena conciencia de que es necesario el consenso para la válida adopción de acuerdos” en el CISNS y, por ello, “ante la falta de aquél, que el Acuerdo del Consejo Interterritorial carece de evidente validez; y con ello, necesariamente, la Orden del ministro que aquí impugnamos”, recoge el recurso.

A consecuencia de esa falta de ligitimación, se asegura que con la orden comunicada “se convierte lo que debe ser un órgano para la coordinación consensuada, en un mecanismo de invasión de la competencia autonómica, a través del cual el Ministerio se irroga una competencia de la cual carece”. A este respecto, López considera que se “ha producido una invasión de competencias, conforme a la Ley de Ordenación Sanitaria que otorga a la Comunidad de Madrid la adopción de medidas de Salud Pública”. En este sentido, el consejero de Justicia estima que se ha producido una “sustracción de competencias plenamente injustificada y sin amparo legal”. Por todo ello, han pedido a la Audiencia Nacional medidas cautelares de suspensión de la orden ya que existen “irregularidades manifiestas que dotan a la orden de aparente nulidad”.

Pese a todo esto, los responsables autonómicos han querido dejar claro también que asumen la orden de Illa por “un principio básico de derecho administrativo de que los actos son inmediatamente ejecutivos” así como por lealtad institucional y respeto, de modo que las restricciones entrarán en vigor a las 22.00 h. del viernes una vez que se hayan publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid las órdenes correspondientes.

Mejora en la situación epidemiológica

Por su parte, el consejero de Sanidad ha desvelado que al finalizar el CISNS del pasado miércoles, “el ministro se comprometió ante los 17 consejeros autonómicos a trabajar en un documento en la ponencia técnica, pero a día de hoy no lo ha hecho”. Hora y media después, en rueda de prensa anunció que las medidas serían de aplicación inmediata, ha indicado el consejero.

Ruiz Escudero también ha querido defender el “trabajo serio y riguroso basado en las recomendaciones de los profesionales de salud pública del SNS utilizando criterios clínicos, asistenciales y epidemiológicas” que llevan meses realizando. En este sentido, aprovechó para resaltar algunos datos epidemiológicos y asistenciales que confirmarían el control de la epidemia en la región.

Pese a ello, Ruiz Escudero ha lamentado que la orden del ministro de Sanidad sea menos restrictiva en algunos aspectos que las órdenes vigentes que había en la región. Por ejemplo, ahora se permitirá una mayor movilidad dentro de las ciudades afectadas al eliminar las limitaciones entre zonas básicas de salud. “La orden del ministerio es más laxa en algunas cuestiones como aforos, por lo que no ha sido meditada y no se ajusta a lo que necesita la Comunidad de Madrid”, ha señalado al tiempo de concluir que los indicadores elegidos “tienen una formulación política”.

Recuperar el consenso

En cualquier caso, y de cara a los próximos acontecimientos, los responsables de la Comunidad de Madrid han reclamado que en el próximo CISNS se llegue a “un consenso de verdad”, algo que “además de un buen instrumento de diálogo es un instrumento normativo que hay que cumplir”, ha señalado López. En este sentido, ha asegurado que esperan “que el gobierno rectifique, que busque el consenso y que se someta a la ley respetando la regla del consenso, es decir, que no puede haber ningún voto en contra en el CISNS”.

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