Política

Muface: Gabilondo recomienda revisar los protocolos de dispensación hospitalaria a pacientes externos

El Defensor del Pueblo ha considerado necesaria la revisión de los protocolos de dispensación hospitalaria a pacientes externos para que no impliquen dificultad añadida, especialmente en pacientes mayores y aquellos que requieran de asistencia de familiares.

El Defensor del Pueblo ha contestado a la queja presentada por un familiar de un paciente mutualista de Muface en tratamiento con un medicamento hospitalario de dispensación a pacientes externos y ha recomendado a Muface a que inste a las entidades aseguradoras concertadas “a la revisión de los actuales protocolos internos por los que se establece el procedimiento de autorización para la dispensación de medicamentos de uso hospitalario a personal externo”.

La queja se planteó por la dispensación de medicación exclusivamente para un mes de tratamiento, lo que obligaba a los familiares del paciente a trasladarse con esa periodicidad a recoger la medicación. El Defensor del Pueblo estima que “no existe ninguna normativa donde se exija que la dispensación del tratamiento deba ser mensual”, pues el Real Decreto Legislativo 1/2015 a lo que hace referencia es a “la financiación de la prestación farmacéutica ambulatoria a pacientes externos”, es decir, a que las medidas que las entidades concertadas adopten permitan el uso racional de estos medicamentos y la contención del gasto farmacéutico.

El Defensor del Pueblo considera que la obligación de la mutualidad de velar por la correcta atención de sus mutualistas y beneficiarios tanto en la prestación de asistencia sanitaria como en la prestación farmacológica y la adecuada dispensación “en tiempo” de la medicación que se precisa, aunque sea de uso hospitalario, debe ser, sin duda alguna, una prioridad, sin que los “protocolos internos establecidos para su dispensación por las entidades concertadas” impliquen una dificultad añadida, como puede ser la gestión telemática de la autorización para la dispensación. Esto podría suponer para Ángel Gabilondo, “un retraso” en la obtención de la medicación y, “por ende, un riesgo para su salud que, en modo alguno, ni los mutualistas deben soportar ni esa mutualidad permitir”.

Por todo ello, Gabilondo considera que la mutualidades y las aseguradoras debería “tratar de solventar las dificultades con las que sus mutualistas se encuentran ante los protocolos internos adoptados por las entidades aseguradoras concertadas para la dispensación de estos medicamentos de uso hospitalario”, e instar a las mismas a la revisión de los actuales criterios que permitan la obtención de la correspondiente autorización y posterior dispensación con mayor facilidad, “especialmente si se trata de personas de avanzada edad y con tratamientos crónicos, y con mayor agilidad para evitar que se encuentren sin poder disponer de los fármacos necesarios que precisan para el tratamiento de sus enfermedades, pues la situación expuesta en la presente queja pone de relieve las dificultades que, para colectivos como el que el mutualista afectado representa, supone la brecha digital”.

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