El Consejo de Ministros ha dado luz verde al anteproyecto de Ley de Universalidad del Sistema Nacional de Salud, una nueva norma dirigida a "desterrar", según ha explicado la ministra portavoz, Pilar Alegría y cuyo objetivo es "ampliar la cobertura sanitaria a más ciudadanos" y "desterrar para siempre la exclusión sanitaria". La norma, que ahora deberá seguir su trámite parlamentario para su aprobación en las Cortes, engarza con la otra norma como es la ley de Gestión Pública del Sistema Nacional de Salud y que salió a exposición pública por parte del Ministerio de Sanidad el pasado lunes. Ambas normas aspiran a "consolidar la equidad, universalidad y cohesión del SNS", según explicó el Ministerio.
En relación con el texto normativo aprobado por el Consejo de Ministros, la titular de Sanidad, Mónica García ha asegurado que en un momento en el que se escuchan "discursos xenófobos excluyentes y deshumanizantes, hacemos todo lo contrario, el Gobierno de España presume de la universalidad y considera que es una herramienta para tener sociedades más justas, cohesionadas y eficientes".
La Ley de Universalidad estaba incluida dentro del acuerdo de coalición del Gobierno, como una norma dirigida a "blindar la universalidad del SNS.
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En ese sentido, la propuesta legislativa amplía el derecho a la atención sanitaria de las personas con nacionalidad española que residen en el extranjero, desplazadas temporalmente al territorio español, y a los familiares que los acompañen, cuando no tuvieran prevista dicha cobertura de acuerdo con los reglamentos comunitarios o los convenios bilaterales que comprendan la prestación de asistencia sanitaria.
También se amplían los derechos a la protección de la salud y a la atención sanitaria a las personas ascendientes reagrupadas por hija o hijo titular del derecho a la asistencia sanitaria en el Sistema Nacional de Salud, cuando estén a su cargo y siempre que no exista un tercero obligado al pago de dicha
asistencia.
Además, tendrán derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria en las mismas condiciones que las personas titulares del derecho durante su permanencia en España las personas solicitantes de protección internacional; los solicitantes y beneficiarios de protección temporal; víctimas de trata de seres humanos cuya estancia temporal en España haya sido autorizada durante el periodo de restablecimiento y reflexión y finalmente las personas no registradas ni autorizadas como residentes en España. En este último caso, la asistencia -que no genera un derecho de cobertura fuera del territorio español- será con cargo a los fondos públicos de las administraciones competentes siempre que se cumplan los siguientes requisitos: no tener la obligación de acreditar cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía, no poder exportar el derecho de cobertura sanitaria desde su país de origen y no existir un tercero obligado al pago.
Estos requisitos podrán acreditarse mediante la presentación de una declaración responsable, sin menoscabo de que, posteriormente, al resolverse el procedimiento administrativo, se deba gestionar el pago de la asistencia recibida por el usuario o por un tercero obligado al pago.
Prestación farmacéutica
Respecto a la prestación farmacéutica, todos los grupos antes mencionados se incorporan al sistema para que no tengan que pagar el 100% de los medicamentos.
El Proyecto de Ley recupera, además, la “cartera común de servicios única”, que agrupa la cartera común básica de servicios asistenciales, la cartera común suplementaria y la cartera común de servicios accesorios y se "garantiza" que no se puedan incluir nuevos copagos.
Por último, se clarifica la inclusión y pertenencia a la cartera común de servicios del SNS de las prestaciones que mejoran la salud desde una perspectiva poblacional y, dentro de la prestación de atención especializada, se concreta la medicina de precisión, personalizada, predictiva, participativa y poblacional, que está centrada en las características de cada paciente para adaptar de una manera más efectiva y más personalizada el diagnóstico y las medidas terapéuticas o preventivas.